Ley de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria
Cerrado Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa

 

La Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria, en el ejercicio de su competencia en materia de Colegios Profesionales, y como consecuencia de la solicitud de la Asociación de Periodistas de Cantabria, tiene previsto, tramitar la Ley por el que se crea el Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del anteproyecto de Ley, se procederá a sustanciar una CONSULTA PÚBLICA, a través del portal web de la Administración, para recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:

Los problemas que se pretenden solucionar con la norma.
La necesidad y oportunidad de su aprobación.
Los objetivos de la norma.
Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

El artículo 6 de la Ley de Cantabria 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios Profesionales determina que “la creación de nuevos colegios profesionales, con ámbito de actuación, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se efectuará a través de un Ley del Parlamento de Cantabria, deberá estar justificada por razones de interés público y condicionada a la existencia de una profesión con titulación oficial.

A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, la solicitud de creación se dirigirá a la Consejería competente en materia de Colegios Profesionales, quien procederá a su tramitación, previo informe a la Consejería o Consejerías competentes en relación con la actividad profesional y a la elaboración, en caso de encontrarla justificada, del correspondiente anteproyecto de Ley, que someterá al Gobierno para su elaboración y posterior remisión al Parlamento de Cantabria”.

En el presente caso, la Asociación de Periodistas de Cantabria, que, certifica que dicha asociación es la entidad que representa a la mayoría de profesionales de la información y comunicación domiciliados en Cantabria, solicita la creación del Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria, en base al acuerdo adoptado por su Asamblea General.

En cuanto a las razones de interés público, que justifican la creación del Colegio, la asociación se apoya en la protección del derecho, reconocido en el artículo 20 de la Constitución, de todo ciudadano a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de comunicación, así como la necesidad de garantizar un periodismo libre e independiente y al servicio de la sociedad.

Se pretende además conseguir sistemas de autocontrol y organismos que garantizan el ejercicio digno de la profesión, tanto en defensa delos intereses profesionales de los colegiados, con de los consumidores y usuarios.

Obra en el expediente informe favorable de la Consejería competente por razón de la actividad profesional.

 

Por todo ello, se acuerda la realización del trámite de CONSULTA PÚBLICA con respecto a la futura redacción del anteproyecto de Ley de Creación del Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria y se publica en el Portal web del Gobierno de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la futura ley

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación

c) Los objetivos de dicha Ley

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán al Servicio de Entidades Jurídicas, ubicado en la calle Peña Herbosa, número 29, de Santander, pudiendo ser presentadas en su Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la resolución en el portal web del Gobierno de Cantabria.

Igualmente, podrán presentarse las alegaciones a través del Portal de Transparencia en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

 

PLAZO PARA SUGERENCIAS:

Fecha de inicio: 13/03/2019

Fecha de finalización: 09/04/2019

 

 

ACTUALIZACIÓN 20/05/2019

 

Dada la importancia y trascendencia de la materia, se ha considerado oportuno someterlo a INFORMACIÓN PÚBLICA, de conformidad con el artículo 119.3 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por ello, se somete a información Pública, por un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el anteproyecto de "Ley de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria”

El texto del anteproyecto estará a disposición del público en las dependencias del Servicio de Entidades Jurídicas, de la Consejería de Presidencia y Justicia, en horario de 09.00 a 14:00 horas, ubicada en la calle Peña Herbosa, número 29, de Santander.

El borrador del anteproyecto de ley podrá consultarse a través de la web http://participacion.cantabria.es; y a través del portal del Gobierno de Cantabria www.cantabria.es.

Las alegaciones o sugerencias al citado anteproyecto de ley deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Secretaría General de Presidencia y Justicia, pudiendo ser presentadas en su Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 21/05/2019

Fecha de finalización: 17/06/2019

 

 

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