Ley de Cantabria de Iniciativa Legislativa Popular
Cerrado Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa

 

La Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria, tiene el propósito de elaborar un anteproyecto de Ley de Iniciativa Legislativa Popular de Cantabria.

La regulación vigente, la Ley 6/1985, de 5 de julio, de iniciativa legislativa popular,  pasadas tres décadas desde su entrada en vigor, con un escenario político, social y tecnológico completamente diferente y consolidadas tanto las instituciones de autogobierno como las políticas de participación ciudadana, ha quedado un tanto obsoleta y debe mejorarse sustancialmente. Por la envergadura de los cambios, resulta más adecuado elaborar una nueva ley, adaptada a la realidad, más acorde con la idea de impulso a la participación directa de la ciudadanía en los asuntos públicos a través de los instrumentos de la democracia representativa.

Así, se ha elaborado un anteproyecto que, entre sus principales novedades,  reduce el número de firmas precisas para que las iniciativas legislativas populares puedan ser debatidas, y simultáneamente aumenta el plazo para recogerlas, con la finalidad de favorecer la presentación de un mayor número de iniciativas. Además, y para establecer garantías de un proceso sencillo y rápido, se simplifican y aclaran los trámites más importantes, como la constitución y reconocimiento de la comisión promotora o la aprobación de los pliegos.

También, lógicamente, se habilita la posibilidad de recoger firmas electrónicamente y a través de páginas web con el de fin de adaptar la norma a las posibilidades que brindan las nuevas tecnologías.

 

SUGERENCIAS Y ALEGACIONES

El texto del anteproyecto estará a disposición del público en las dependencias de la Dirección General de Servicios y Atención a la Ciudadanía, de la Consejería de Presidencia y Justicia, en horario de 9.00 a 14.00 horas, ubicada en la calle Peña herbosa 29, 4ª planta, de Santander (Cantabria). El borrador del citado anteproyecto de ley también puede consultarse en este mismo sitio como documento adjunto.

Las  alegaciones o sugerencias al citado anteproyecto de ley deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Servicios y Atención a la Ciudadanía, pudiendo ser presentadas en el Registro General de la Consejería de Presidencia y Justicia, así como en los registros u oficinas establecidos en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

PLAZOS

De conformidad con lo establecido en la Instrucción para la tramitación de proyectos normativos de la Consejería de Presidencia y Justicia de 12 de julio de 2017, se inicia el trámite de información pública por espacio de 10 días hábiles desde su publicación en el BOC.

 

Publicación en el BOC: 12/02/2018

Finalización del plazo: 26/02/2018

 

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