Decreto por el que se regula la publicidad sanitaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cerrado Consejería de Salud

 

TRÁMITE DE AUDIENCIA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación en la web de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria del proyecto de norma arriba indicado, con el objeto de dar audiencia, por el plazo de diez días hábiles, a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.

Las aportaciones podrán realizarse durante el referido plazo, esto es, del 9 al 22 de junio de 2017 y dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: dqordsanitaria@cantabria.es

 

Fecha inicio publicación, 9 de junio de 2017 y fecha final, 22 de junio de 2017.

 

ACTUALIZACIÓN

CONSULTA PÚBLICA

La Consejería de Sanidad está preparando la tramitación de un Decreto por el que se regulará la publicidad sanitaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
 

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a sustanciar consulta pública previa a través del portal de la web de la Administración, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas. Al objeto de facilitar la participación en la consulta pública, se facilita la siguiente información sobre la futura norma:


Título de la disposiciónDecreto por el que se regula la publicidad sanitaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria

Centro directivo responsable: Dirección General de Ordenación y Atención Sanitaria.

 

Problemas que se pretende solucionar con la iniciativa: La publicidad que tiene como finalidad la promoción de productos, servicios o establecimientos sanitarios, reviste un especial interés por cuanto se sitúa entre los intereses de competencia económica, legítima en la sociedad del libre mercado y la salud en su concepto más amplio.

La Administración Pública ante la evolución tecnológica, nuevas técnicas, productos y servicios en ocasiones de difícil comprensión para los ciudadanos, asume el papel garante con el fin de controlar los mensajes publicitarios en el campo sanitario.

La Comunidad Autónoma de Cantabria en el ámbito de sus competencias en materia de sanidad y de la publicidad sanitaria pretende regular lo relacionado con la misma, con el fin de ser garante de que dicha publicidad no enmascare riesgos o repercusiones negativas para los ciudadanos.
 

Necesidad y oportunidad de su aprobación: El Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria, prevé la posibilidad de que las comunidades autónomas regulen, de acuerdo con sus competencias, sobre lo establecido en el citado Real Decreto.

La no existencia en Cantabria de una regulación específica de la publicidad sanitaria puede conllevar el riesgo de que dicha publicidad sea engañosa, desleal o que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución Española. Por tanto, es necesaria su regulación.

De acuerdo con ello, la Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, establece en su artículo 59. ñ) que “corresponde a la Consejería competente en materia de sanidad el ejercicio del control de la publicidad sanitaria”.

 

Objetivos de la norma: La norma recogerá los requisitos exigibles sobre la autorización previa, control y vigilancia administrativa de la publicidad sanitaria que, respecto a los centros, establecimientos y actividades de esta índole, se realice en el ámbito de la Comunidad Autónoma de  Cantabria.

 

Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias: No existen soluciones alternativas con este fin.

 

 

  Dirección de correo electrónico para aportaciones: dqordsanitaria@cantabria.es

 

Fecha de publicación de la consulta: 18 de abril de 2017

Fecha final del plazo de la consulta: 2 de mayo de 2017

 

ACTUALIZACIÓN 12/01/2018

INFORMACIÓN PÚBLICA

Plazo: 20 días hábiles

Publicación: 12 de enero de 2018

Finalización: 12 de febrero de 2018

 

 

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