Decreto por el que se regula el Fondo de Mejoras, el Plan General de Mejoras, los Planes Particulares de Mejoras y la Comisión Regional de Montes de Cantabria
Consulta pública Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

 

La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, establece en su artículo 38 que los titulares de montes catalogados de utilidad pública aplicarán a un fondo de mejoras un importe que no será inferior al 15% del valor de sus aprovechamientos forestales o de los rendimientos obtenidos por ocupaciones u otras actividades desarrolladas en el monte, cuyo destino será la conservación y mejora de los montes incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

En Cantabria, la gestión del Fondo de Mejoras se ha realizado en base al Decreto 55/1985, de 5 de julio, por el que se regula el Fondo de Mejoras y la Comisión Regional de Montes.

El objetivo es recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la norma:

Mediante este decreto se pretende adaptar el marco jurídico que regula el Fondo de Mejoras, con más de 30 años de vigencia, a la actual normativa de régimen jurídico y de finanzas, así como fijar con mayor detalle los contenidos y procedimiento de aprobación del Plan General de Mejoras.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación:

Cantabria cuenta actualmente con 483 montes catalogados de utilidad pública, algunos de los cuales tienen una elevada capacidad productiva proporcionando unos ingresos relevantes para sus entidades propietarias. En este sentido, se considera fundamental establecer un marco administrativo adecuadamente integrado en el cuerpo jurídico-administrativo actual.

c) Los objetivos de la norma:

La norma tiene por objeto regular el Fondo de Mejoras de los Montes Catalogados de Utilidad Pública de Cantabria, el Plan General de Mejoras, los Planes Particulares de Mejoras y la Comisión Regional de Montes

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

La necesidad de establecer un marco jurídico-administrativo adecuadamente estructurado y adaptado al cuerpo normativo vigente requiere de la aprobación de una norma específica. Por tanto, no se consideran viables alternativas no regulatorias.

Por todo ello, se somete al trámite de CONSULTA PÚBLICA la futura redacción de un proyecto de Decreto por el que se regula el Fondo de Mejoras, el Plan General de Mejoras, los Planes Particulares de Mejoras y la Comisión Regional de Montes de Cantabria y se dispone la publicación de la resolución en el BOC y en el Portal de Transparencia de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la futura norma.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de dicha norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático, a través del correo electrónico dgmedionatural@cantabria.es, en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (calle Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Igualmente podrán ser presentadas a través del Portal de Transparencia de Cantabria en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 02/10/2020

Fecha de finalización: 16/10/2020

 

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