Decreto para la designación de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el desarrollo de la normativa estatal en relación con las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas
Cerrado Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio

 

De conformidad con el artículo 51.2 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a consulta pública previa el posible contenido del proyecto de Decreto para la designación de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el desarrollo de la normativa estatal en relación con las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

El plazo de presentación será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

Los ciudadanos y organizaciones que lo consideren oportuno, podrán presentar sus opiniones, por escrito, a través de la dirección de correo electrónico dgiem@cantabria.es, en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Secretaria General de la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio sita en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, C/Albert Einstein, 2 de Santander o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, haciendo constar en el asunto del escrito o del correo electrónico “Sugerencias a Decreto órganos competentes Cantabria SEVESO”

Igualmente, podrán presentarse las alegaciones a través del portal de transparencia en que se publicará la presente resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo, pudiendo accederse al mencionado portal a través de la siguiente dirección: http://participacion.cantabria.es/

De conformidad con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

El Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, tiene por objeto la prevención de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, así como la limitación de sus consecuencias sobre la salud humana, los bienes y el medio ambiente.

La aprobación de este Real Decreto, ha supuesto respecto de la regulación anterior (Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, que aprueba medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas) cambios importantes, tales como el refuerzo de las disposiciones relacionadas con el acceso del público a la información sobre la aplicación del Real Decreto, con la participación efectiva del público interesado en la toma de decisiones de conformidad con la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. También, se han potenciado los mecanismos para la recopilación de la información, el intercambio de la misma entre las autoridades competentes, su difusión y puesta a disposición del público, así como la necesaria coordinación entre los procedimientos existentes con otras normativas.

Estos cambios operados en la normativa estatal exigen la actualización de la normativa de la Comunidad Autónoma, con independencia de las medidas de coordinación establecidas entre los órganos administrativos competentes, hasta la fecha.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

El Decreto 23/2013, de 2 de mayo, por el que se designan los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se desarrolla el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, que aprueba medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, actualmente en vigor, fue elaborado en desarrollo de la normativa estatal anterior. Si bien, aunque parte de sus disposiciones mantienen su vigencia, dados los cambios normativos habidos a nivel estatal, y la experiencia acumulada por los órganos competentes, se entiende necesario actualizar el citado Decreto, mediante la aprobación de un nuevo texto.

c) Los objetivos de la norma.

Revisar la distribución de las funciones entre los órganos competentes del Gobierno de Cantabria, mejorar los cauces de colaboración y desarrollar las medidas que se consideren necesarias, en aras de una mejor regulación y complementación con la normativa estatal, en base a la estructura actual del Gobierno de Cantabria.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se contemplan soluciones alternativas.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 23/03/2020

Fecha de finalización: 15/06/2020

 

 

ACTUALIZACIÓN 16/06/2021

De conformidad con lo previsto en los artículos 51 y 52 de la Ley 5/2018, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite conjunto de audiencia e información pública, por un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el "Proyecto de decreto por el que se determinan los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se desarrolla el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas".

El proyecto de decreto podrá consultarse a través de la web http://participacion.cantabria.es  y a través del Portal de Transparencia de Cantabria https://transparencia.cantabria.es/.

Las alegaciones o sugerencias al citado Proyecto de Decreto deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio, pudiendo presentarse a través del Portal de Transparencia de Cantabria en que se publicará la presente resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo, pudiendo accederse al mencionado portal a través de la siguiente dirección: http://participacion.cantabria.es/.

Igualmente podrán ser presentadas en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como en los registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 17/06/2021

Fecha de finalización: 30/06/2021

 

Comentarios
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No está disponible el borrador de Decreto, tan sólo el anuncio de la expo
sición pública
El borrador se expone en el trámite de información pública, en el trámite que nos ocupa, la consulta pública, sólo se recogen opiniones para proceder a la elaboración del borrador de Decreto.
Un saludo.
Interesadoak a mangted kadakuada iti shot, ken diak pay nakita daytoy a thread idi. Kanayon nga iruar ti industria ti kendi dagiti baro a raman ti isu met laeng a kangrunaan a produkto drift boss