Decreto por el que se modifica parcialmente el Decreto 89/2010, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Oyambre
Cerrado Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se somete a información pública el proyecto de Decreto por el que se modifica parcialmente el Decreto 89/2010, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Oyambre, por un plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el Portal de Participación Ciudadana.

El texto completo del citado proyecto de decreto puede ser consultado en el portal web del Gobierno de Cantabria, en concreto en la dirección www.dgmedionatural.cantabria.es y en este Portal de Participación Ciudadana.

Dentro del plazo señalado cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones y aportaciones que considere oportunas al contenido del texto.

Las alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Calle Albert Einstein nº 2, 39011, de Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como a través del Registro Electrónico del Gobierno de Cantabria en la dirección https://rec.cantabria.es/

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 18/02/2020

Fecha de finalización: 03/03/2020

 

 

ACTUALIZACIÓN 26/10/2020

 

De conformidad con el artículo 51.2 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Decreto, se llevará a cabo el trámite de consulta pública que se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) y en el Portal de Transparencia de Cantabria.

La publicación en el Portal de Transparencia de Cantabria se llevó a cabo durante el mes de febrero de 2020.

El objetivo es recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la modificación del Decreto:

La modificación planteada pretende dar solución a la problemática generada por las pernoctas de autocaravanas en lugares no habilitados dentro del ámbito del Parque Natural de Oyambre.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación:

El turismo de autocaravanas es un modelo de turismo que ha experimentado un importante incremento en los últimos años, cuya falta de regulación y control conlleva importantes perjuicios en el medio natural, pero cuya adecuada gestión puede hacer de él un uso compatible con los objetivos de conservación del Espacio Natural Protegido, una vía para dar a conocer los valores del Parque Natural y un importante recurso para los habitantes de la zona.

c) Los objetivos de la norma:

La modificación planteada pretende dar cabida a la posibilidad de establecer áreas de acogida para autocaravanas en las Zonas de Uso Limitado y Uso Compatible dentro del ámbito del Parque Natural de Oyambre, permitiendo acoger a este modelo de visitante de una manera controlada, evitando así la proliferación de prácticas ilegales que conllevan problemas de contaminación y convivencia dentro del ámbito de este Espacio Natural Protegido

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

El Decreto 89/2010 por el que se aprueba el PORN del Parque Natural de Oyambre establece en sus artículos 32.g y 36.f que las áreas de servicio o acogida para autocaravanas o vehículos equivalentes son usos prohibidos en las Zonas de Uso Limitado y de Uso Compatible respectivamente dentro del ámbito del PORN. Es necesaria la modificación del Decreto para poder abrir la posibilidad de establecimiento de este tipo de áreas en las Zonas de Uso Limitado y Compatible.

Por todo ello, en virtud de cuanto antecede, se somete al trámite de CONSULTA PÚBLICA la futura redacción de una modificación parcial del Decreto 89/2010, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Oyambre, y se dispone la publicación de la resolución en el BOC, a efectos de recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la futura modificación.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de dicha modificación.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático, a través del correo electrónico dgmedionatural@cantabria.es, en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (calle Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), o en cualquier otro Registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación de la resolución en el BOC.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 27/10/2020

Fecha de finalización: 09/11/2020

 

 

ACTUALIZACIÓN 26/02/2021

 

De conformidad con el artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite conjunto de audiencia e información pública, por un período de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el proyecto de Decreto por el que se modifica parcialmente del Decreto 89/2010, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Oyambre.

El texto completo del citado proyecto de decreto puede ser consultado en la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático (calle Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander) y en el Portal de Transparencia.

Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones que considere oportunas respecto al contenido del proyecto de orden. Las alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático, a través del correo electrónico dgmedionatural@cantabria.es, en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (calle Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Igualmente podrán ser presentadas a través del Portal de Transparencia de Cantabria, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 01/03/2021

Fecha de finalización: 19/03/2021

 

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