En virtud del artículo 51 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración de una disposición de carácter general, debe sustanciarse una consulta pública que se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria.
Mediante la resolución se instrumenta el trámite de consulta pública previa de un proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EDU/39/2023, de 20 noviembre, por la que se regula el procedimiento para la acreditación, certificación y registro de la competencia digital docente en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
De conformidad con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es preceptivo, con carácter previo al resto de los trámites que hayan de realizarse, recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Mediante este proyecto de orden se pretende solucionar la ausencia de uno de los procedimientos de acreditación previstos en el Acuerdo de 23 de junio de 2022 de la Conferencia Sectorial de Educación sobre la certificación, acreditación y reconocimiento de la competencia digital docente, publicado mediante resolución de 1 de julio de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. Asimismo, se pretende optimizar la gestión y aumentar la eficacia de la aplicación de la Orden EDU/39/2023, de 20 de noviembre, por la que se regula el procedimiento para la acreditación, certificación y registro de la competencia digital docente en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
El procedimiento de acreditación, certificación y registro de la competencia digital docente en la Comunidad Autónoma de Cantabria está actualmente regulado por la Orden EDU/39/2023, de 20 noviembre, conforme a lo establecido en el Acuerdo de 30 de marzo de 2022, de la Conferencia Sectorial de Educación sobre la actualización del marco de referencia de la competencia digital docente, publicado mediante Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.
Asimismo, esta orden se enmarca en el Acuerdo de 23 de junio de 2022 de la Conferencia Sectorial de Educación sobre la certificación, acreditación y el reconocimiento de la competencia digital docente, por el que establecen acuerdos mínimos comunes para todas las Administraciones educativas con el fin de garantizar la validez, fiabilidad y eficacia de los procedimientos de acreditación, reconocimiento y certificación de la competencia digital docente.
En particular, el anexo I del citado acuerdo contempla los siguientes procedimientos: la certificación de la formación, la superación de una prueba específica de acreditación, la posesión de determinados títulos oficiales, la evaluación a través de la observación del desempeño y la acreditación por un proceso de análisis y valoración de evidencias. Además, el acuerdo establece que las Administraciones educativas determinarán, en el ámbito de sus competencias, los procedimientos a utilizar para la acreditación y reconocimiento de los distintos niveles de competencia digital docente.
Por su parte, la Orden EDU/39/2023, de 20 de noviembre, prevé todos los procedimientos recogidos en el citado anexo I, a excepción de la superación de una prueba específica de acreditación, lo que justifica la necesidad de modificación de esta norma.
Por otro lado, la experiencia acumulada tras varios cursos académicos de aplicación de esta orden ha puesto de manifiesto la conveniencia de introducir determinadas mejoras en el procedimiento de acreditación, reconocimiento y certificación de la competencia digital docente, en aras de la mejora de la eficacia del mismo.
En consecuencia, es conveniente y oportuno realizar cambios en la regulación que permitan incorporar la totalidad de los procedimientos previstos en el anexo I del Acuerdo de 23 de junio de 2022 de la Conferencia Sectorial de Educación sobre la certificación, acreditación y el reconocimiento de la competencia digital docente, así como optimizar dichos procedimientos.
c) Objetivos de la norma.
El proyecto de orden tiene por objeto dar pleno cumplimiento al Acuerdo de 23 de junio de 2022 de la Conferencia Sectorial de Educación sobre la certificación, acreditación y el reconocimiento de la competencia digital docente, así como optimizar la eficacia en la aplicación de este procedimiento en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se contemplan otras alternativas regulatorias o no regulatorias.
Por todo ello, en virtud de lo expuesto, se somete al trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto, durante el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, un proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EDU/39/2023, de 20 noviembre, por la que se regula el procedimiento para la acreditación, certificación y registro de la competencia digital docente en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Se dispone la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia del Cantabria, a efectos de recabar la opinión de las entidades, organizaciones, asociaciones y ciudadanía con potencial interés en la futura norma acerca de los siguientes extremos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de dicha orden.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa y Ordenación Académica, a través del Registro de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades, ubicado en la calle Río de la Pila, número 13 (39003 Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Igualmente podrán ser presentadas a través del Portal de Transparencia de Cantabria, en el cual se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 23/09/2026
Fecha de finalización: 06/10/2026