Decreto por el que se crea y regula el distintivo Sello de Igualdad Cantabria
Consulta pública Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

 

La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos tratados internacionales sobre derechos humanos, siendo, asimismo, un principio fundamental en la Unión Europea, plasmado tanto en los Tratados constitutivos como en las directivas comunitarias en materia de igualdad de trato entre mujeres y hombres.


En el ordenamiento jurídico español, el artículo 14 de la Constitución Española dispone que los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna, entre otras cuestiones, por razón de sexo, y el artículo 9.2 señala que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.


En términos análogos se pronuncia el Estatuto de Autonomía para Cantabria en su artículo 5. La misma norma atribuye la competencia exclusiva en materia de promoción de la igualdad a la Comunidad Autónoma de Cantabria en el artículo 24. 22.


La igualdad entre mujeres y hombres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo es una parte esencial en materia de igualdad de trato entre mujeres y hombres.


No obstante, la experiencia demuestra las dificultades que las mujeres encuentran para alcanzar la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos de la vida y, especialmente, en el laboral.


Para avanzar en la consecución del objetivo de igualdad real y efectiva, en Cantabria se aprobó la Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, como máxima manifestación de la competencia exclusiva y constituye el marco jurídico para el desarrollo de las políticas dirigidas a la promoción de la igualdad de género. El artículo 3 de dicha ley establece como uno de sus principios generales el impulso a las empresas en la Comunidad Autónoma de Cantabria para el establecimiento de medidas dirigidas a la plena incorporación de la mujer al mercado de trabajo. Entre las funciones que atribuye el artículo 5 a la Administración de la Comunidad Autónoma se encuentra la promoción de medidas que fomenten en las empresas y organizaciones el desarrollo de planes, programas y actividades dirigidas a la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres. De forma más concreta, el artículo 88 dispone que la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria impulsará medidas para fomentar el desarrollo de actuaciones de responsabilidad social de las empresas en materia de igualdad de género, y dispondrá la aplicación de incentivos a las empresas públicas y privadas que proporcionen servicios y medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar. Asimismo, el artículo 89 señala que las empresas podrán hacer uso publicitario de sus acciones de responsabilidad social en materia de igualdad de género de acuerdo con las condiciones establecidas en la legislación general de publicidad.


Es en este marco donde se pretende crear el distintivo "Sello de Igualdad Cantabria" y regular su régimen de concesión, renovación y utilización con el fin de reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad y que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.


Resulta imprescindible dotarse de una norma reglamentaria que concrete los requisitos para obtener el distintivo, los criterios de valoración a aplicar, el procedimiento de concesión, los efectos de derivados de su obtención, así como su vigencia, renovación, extinción y revocación, entre otros. Todo ello permitirá garantizar la imparcialidad y la objetividad en su concesión y, en consecuencia, reforzar el valor del distintivo ante la sociedad.


De conformidad con el artículo 51.2 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración del Proyecto de Decreto, se llevará a cabo el trámite de consulta pública, que se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia, con el fin de recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y entidades potencialmente afectadas por la futura norma.


Por todo ello, en virtud de cuanto antecede,


Se somete al trámite de CONSULTA PÚBLICA la redacción del futuro Proyecto de Decreto por el que se crea y se regula el "Sello de Igualdad Cantabria", a efectos de recabar la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:


a) Problemas que se pretenden solucionar.

En Cantabria, en general, las tasas de participación femenina en el mercado laboral se encuentran aún por debajo de las masculinas, y la participación de las mujeres se caracteriza por una mayor precariedad laboral materializada en mayores tasas de parcialidad y de desempleo. Aproximadamente 9 de cada 10 excedencias por cuidado de hijos e hijas o personas dependientes de la Comunidad Autónoma son solicitadas por mujeres. La combinación de una mayor parcialidad y desempleo, la participación discontinua en la actividad productiva, el peso de la economía informal en la participación de las mujeres en el mercado laboral, la menor disponibilidad para dedicar más horas al trabajo productivo, la segregación ocupacional y sectorial y las mayores dificultades por ascender en su carrera profesional, explica por qué las mujeres perciben ingresos (salarios o pensiones) inferiores a los hombres a lo largo de toda su vida. La implantación de más medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar resulta imprescindible para revertir la situación.


b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres atribuye a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria el impulso de medidas para fomentar el desarrollo de actuaciones de responsabilidad social de las empresas en materia de igualdad de género, y dispondrá la aplicación de incentivos a las empresas públicas y privadas que proporcionen servicios y medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar. La Comunidad Autónoma no dispone de una medida concreta para dar cumplimiento a este mandato. Es necesario aprobar el decreto de creación y regulación del distintivo cuya obtención estimule a las empresas públicas y privadas la adopción de estas medidas.


c) Objetivos de la norma.

El Decreto tiene por objeto reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad y que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.


d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se contemplan.


Se dispone la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria.


El plazo de presentación de opiniones será de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.


Las opiniones deberán realizarse por escrito y dirigirse a la Dirección General de Inclusión Social, Familias e Igualdad, presentándose en el Registro General del Gobierno de Cantabria o en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018. También podrán presentarse a través del Portal de Transparencia de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 12/08/2026

Fecha de finalización: 25/08/2026

 

Comentarios
Debes iniciar sesión para poder comentar