Orden por la que se establecen las Bases Reguladoras correspondientes a la concesión de subvenciones a Entidades Locales Menores, destinadas a financiar sus gastos corrientes
Cerrado Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa

 

En cumplimiento del artículo 51 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a trámite de consulta previa durante el plazo de 20 días la siguiente disposición:

NORMA:

Proyecto de Orden por la que se establecen las Bases Reguladoras correspondientes a la concesión de subvenciones a Entidades Locales Menores, destinadas a financiar sus gastos corrientes.

Problemas que pretende solucionar la iniciativa:

Se considera prioritario desde la Consejería de Presidencia y Justicia impulsar de forma efectiva la cooperación con las Entidades Locales Menores, tratando de solventar las dificultades económicas que sufren los mismos a la hora de sufragar sus gastos corrientes de funcionamiento.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

La Constitución Española (CE), en su artículo 140 garantiza la autonomía de los municipios, estableciendo su artículo 142 que las Haciendas Locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la Ley atribuye a las Corporaciones respectivas, añadiendo que éstas se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.

La Comunidad Autónoma de Cantabria, ejerce competencias en asistencia y cooperación financiera a los municipios, según establece el artículo 32 del Estatuto de Autonomía, en relación con los artículos 36 y 40 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Corresponde a la Dirección General de Administración Local el ejercicio de competencias en materia de Administración Local de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 71/2017, de 28 de septiembre, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Presidencia y Justicia y se modifican parcialmente las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Presidencia del Gobierno y de la Consejería de Presidencia y Justicia.

El presente proyecto de orden nace ante la necesidad de dar respuesta a la reivindicación unánime de todas las Entidades Locales Menores de Cantabria de que sea articulada la cooperación del Gobierno de Cantabria con dichas Entidades, con el objeto de cubrir la totalidad o parte de los gastos corrientes derivados del normal funcionamiento de las Entidades Locales Menores en la prestación de sus servicios a los ciudadanos.

La aprobación de esta orden otorga una incuestionable seguridad jurídica a las Entidades Locales Menores al establecer unas bases que generan un marco estable y predecible que genera confianza en la actuación y toma de decisiones de las Juntas Vecinales y Concejos Abiertos.

Objetivos de la norma:

Los principales objetivos del proyecto de orden son establecer las bases reguladoras de las subvenciones  dirigidas a Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el ámbito competencial de la Dirección General de Administración Local, perteneciente a la Consejería de Presidencia y Justicia, prestando de esta manera asistencia  de carácter económico a las Entidades de ámbito territorial inferior al municipio subvencionando en régimen de concurrencia competitiva la financiación de los gastos corrientes derivados del normal funcionamiento de las Entidades Locales Menores y ello conforme las especificaciones relativas al gasto subvencionable que deberá establecer cada una de las convocatorias.

Soluciones alternativas:

La única alternativa que se plantea es la no elaboración de la norma, lo que supondría un incumplimiento de la obligación legal de prestar asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, así como un incumplimiento de la obligación de cooperar en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.

Las correspondientes opciones a la Consulta Pública podrán realizarse durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación en el Portal Web Institucional de la Administración Autonómica de la presente Consulta Pública correspondiente al borrador del Proyecto de Orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria, destinadas a financiar sus gastos corrientes .Las opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán al Servicio de Planificación de Actuaciones de Desarrollo Local del a Dirección General de Administración Local, ubicada en la calle Castelar nº5 entresuelo izquierda de Santander, pudiendo ser presentadas en el Registro General así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

SUGERENCIAS:

Fecha de inicio: 12/03/2019

Fecha de finalización: 08/04/2019

 

ACTUALIZACIÓN

De conformidad con los artículos 46 y 51 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

Se somete a información pública, por un plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria de la resolución por la que se dispone este trámite, el Proyecto de Orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El texto del proyecto estará a disposición del público en las dependencias de la Dirección General de Administración Local, de la Consejería de Presidencia y Justicia, en horario de 9.00 a 14.00 horas, ubicada en la calle Castelar 5, entresuelo, de Santander (Cantabria). El borrador del citado proyecto de Orden se podrá consultarse también a través de la web http://participacion.cantabria.es

Las ALEGACIONES O SUGERENCIAS al citado proyecto de Orden deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Administración Local, pudiendo ser presentadas en el Registro General de la Consejería de Presidencia y Justicia, así como en los registros u oficinas establecidos en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Fecha de inicio: 26/03/2019

Fecha de finalización: 09/04/2019

 

Comentarios
Debes iniciar sesión para poder comentar