La Comunidad Autónoma de Cantabria tiene asignadas competencias en materia de pesca en aguas interiores, marisqueo, y ordenación del sector pesquero, tal como establecen los artículos 24.12 y 25.10 del Estatuto de Autonomía para Cantabria aprobado por la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, en la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre.
En desarrollo de estas competencias y con la finalidad de preservar los recursos marinos vivos mediante una ordenación que favorezca la explotación sostenible de las especies objeto de marisqueo en aguas de competencia de la comunidad autónoma, se hace necesaria una modificación de la Orden DES/36/2025, de 22 de diciembre, por la que se regulan las vedas, tallas mínimas y recogida de marisco y otras especies de interés comercial, durante la temporada 2026-2027 en la Comunidad Autónoma de Cantabria con el objeto de:
- Realizar un control efectivo de las vedas, zonas de capturas y cantidad de recurso extraído, así como dotar a los mariscadores de percebe de un documento oficial que ampare el transporte de las capturas desde el lugar de extracción hasta la lonja en la que se efectúa el pesaje, estableciéndose la obligación de presentación de una declaración de capturas por parte del mariscador a la finalización de su actividad diaria.
- Incluir la cigala (Nephops norvergicus) en el cuadro de vedas y tallas mínimas de especies marinas de marisco permitidas del anexo I de la Orden DES/36/2025, de 22 de diciembre.
De conformidad con el artículo 51.2 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración del proyecto de orden, se llevará a cabo el trámite de consulta pública que se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) y en el Portal de Transparencia de Cantabria. El objetivo es recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.
Por todo ello, en virtud de cuanto antecede, se somete al trámite de consulta pública la futura redacción de un proyecto de Orden por la que se modifica la Orden DES/36/2025, de 22 de diciembre, por la que se regulan las vedas, tallas mínimas y recogida de marisco y otras especies de interés comercial, durante la temporada 2026-2027 en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Se dispone la publicación de la resolución en el BOC y en el Portal de Transparencia de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la futura norma.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de dicha norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
El plazo de presentación de opiniones será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.
Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Pesca y Alimentación, pudiendo ser presentadas en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación (calle Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Igualmente podrán ser presentadas a través del Portal de Transparencia de Cantabria en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 03/03/2026
Fecha de finalización: 23/03/2026
ACTUALIZACIÓN 14/04/2026
Visto el artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite conjunto de audiencia e información pública el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden DES/36/2025, de 22 de diciembre, por la que se regulan las vedas, tallas mínimas y recogida de marisco y otras especies de interés comercial, durante la temporada 2026-2027 en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a efectos de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
Se dispone la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria.
El proyecto estará a disposición del público en las dependencias de la Dirección General de Pesca y Alimentación, de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, ubicada en c/ Albert Einstein n.º 2.- 39011 Santander y podrá también consultarse a través del Portal de Transparencia de Cantabria.
El plazo de presentación de alegaciones o sugerencias será de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.
Las alegaciones o sugerencias al citado proyecto de orden deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Pesca y Alimentación de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, pudiendo ser presentadas en el Registro General, así como en los Registros o lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Igualmente, podrán presentarse aportaciones a través del Portal de Transparencia de Cantabria en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 15/04/2026
Fecha de finalización: 06/05/2026