Orden por la que se regula el Plan Cantabria.es Salud en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Consulta pública Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades

 

En virtud del artículo 51 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración de una disposición de carácter general, debe sustanciarse una consulta pública que se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria.


Mediante esta resolución se instrumenta el trámite de consulta pública previa de un proyecto de orden por la que se regula el Plan Cantabria.es Salud en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.


De conformidad con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es preceptivo, con carácter previo al resto de los trámites que hayan de realizarse, recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones potencialmente afectados por la futura norma acerca de:


a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.


Mediante este proyecto de orden se pretende actualizar la regulación de la promoción de la salud en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, motivada por la evolución normativa internacional y nacional, junto con los avances y desafíos actuales en materia de salud.


b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.


La promoción de la salud en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria está actualmente establecida en la Orden PRE/21/2013, de 30 de mayo, que regula la creación y organización de la Red Cántabra de Escuelas Promotoras de Salud.


La evolución ocurrida desde la aprobación de esta orden, junto con los avances y los desafíos actuales en materia de salud requieren enfoques e intervenciones integrales en los centros educativos que contribuyan al bienestar de la comunidad educativa.


Asimismo, la entrada en vigor de normas como el Reglamento (UE) 2021/522 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de marzo de 2021 por el que se establece un programa de acción de la Unión en el ámbito de la salud ("programa UEproSalud") para el período 2021-2027 y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 282/2014, la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, y la Ley 3/2025, de 30 de junio, de Políticas de Juventud de Cantabria, hacen necesaria la actualización del marco normativo en materia de promoción de la salud en los centros educativos.


En consecuencia, es conveniente y oportuno realizar cambios en la regulación que permitan establecer un marco normativo que asegure el cumplimiento de los compromisos internacionales, nacionales y autonómicos en materia de salud integral en el sistema educativo.


c) Objetivos de la norma.


El proyecto de orden tiene por objeto actualizar la normativa que regula la promoción de la salud en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante la regulación del Plan Cantabria.es Salud.


d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.


No se contemplan otras alternativas regulatorias o no regulatorias.


Por todo ello, en virtud de lo expuesto,

Se somete al trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto, durante el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, un proyecto de orden por la que se regula el Plan Cantabria.es Salud en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.


Se dispone la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de las entidades, organizaciones, asociaciones y ciudadanía con potencial interés en la futura norma acerca de los siguientes extremos:


a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de dicha orden.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.


Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa y Ordenación Académica, a través del Registro de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades, ubicado en la calle Río de la Pila, número 13 (39003 Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.


Igualmente podrán ser presentadas a través del Portal de Transparencia de Cantabria, en el cual se publicará la presente resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 13/02/2026

Fecha de finalización: 26/02/2026

 

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