De conformidad con lo establecido en el artículo 51.2 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración de un proyecto de decreto, debe sustanciarse una consulta pública que se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria.
Por otra parte, según lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la consulta previa se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su correspondiente aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Así las cosas, a través de la resolución se instrumenta la consulta previa a la elaboración de un Decreto por el que se adscriben a las Gerencias de Atención Especializada del Servicio Cántabro de Salud las funciones y personal de las Unidades de Conductas Adictivas, a los efectos de que la ciudadanía en general, las organizaciones más representativas potencialmente afectadas, tengan la posibilidad de participar de forma activa y realizar aportaciones.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se recabará la opinión de la ciudadanía y las organizaciones más representativas potencialmente afectadas acerca de los siguientes extremos:
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
El proyecto de decreto tiene como objeto la integración plena de las Unidades de Conductas Adictivas en la estructura de atención especializada de las Unidades de Salud Mental.
En la actualidad los recursos específicos en el Servicio Cántabro de Salud para el tratamiento de los problemas derivados del consumo de sustancias en la Comunidad Autónoma de Cantabria son las ahora denominadas Unidades de Conductas Adictivas situadas en Santander, Torrelavega y Laredo, la Unidad de Deshabituación Tabáquica en el Centro de Salud Vargas (Santander).
El Plan de Salud Mental de Cantabria 2022-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de noviembre de 2022, indica que no se ha logrado la coordinación funcional necesaria que implicaría la creación de protocolos comunes de intervención y derivación entre todos los dispositivos ambulatorios de la red sanitaria y de salud mental (centros de salud, unidades de atención ambulatoria de drogodependencias, Unidades de Salud Mental), y de éstos con los hospitales, siendo aún una tarea pendiente.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Se considera necesario regular formalmente la integración del personal de las Unidades de Conductas Adictivas en los dispositivos de atención especializada, en las Unidades de Salud Mental con el fin de lograr la necesaria coordinación en la gestión y la actividad asistencial.
c) Objetivos que se persiguen.
El objetivo es lograr la necesaria coordinación que permita implantar vías clínicas de tratamiento de las adicciones y dar un paso decisivo en la atención a la patología dual, con la consiguiente adecuación de las plantillas orgánicas de las cuatro Gerencias afectadas.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se contemplan soluciones alternativas.
En atención a lo expuesto,se acuerda la realización del trámite de consulta pública previa con respecto a la futura redacción del Decreto por el que se adscriben a las Gerencias de Atención Especializada del Servicio Cántabro de Salud las funciones y personal de las Unidades de Conductas Adictivas; y se dispone la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados por el futuro decreto, acerca de los siguientes extremos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con el futuro decreto.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de dicho decreto.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, ubicada en la avenida Cardenal Herrera Oria s/n 39011, de Santander, pudiendo ser presentadas en su Registro Electrónico General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Asimismo, podrán presentarse aportaciones a través del Portal de Transparencia de Cantabria en el que se publicará la resolución. Dichas aportaciones se efectuarán en el cuadro destinado al efecto siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo. Las opiniones podrán presentarse en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 11/12/2025
Fecha de finalización: 24/12/2025