Anteproyectos de prestación del servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera en Cantabria - Nuevo Mapa Concesional de Cantabria
Información pública Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

 

La Dirección General de Transportes y Comunicaciones, tomando como base el estudio realizado por el Grupo de Investigación de Movilidad Sostenible e Ingeniería Ferroviaria de la Universidad de Cantabria, ha elaborado los anteproyectos de prestación del servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera en Cantabria, quedando dividido en seis Corredores: Corredor Occidental, Corredor Central, Corredor Valles Pasiegos, Corredor Oriental, Cercanías Torrelavega y Cercanías Santander, al amparo de lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, lo que da lugar al nuevo mapa concesional de Cantabria.


De conformidad con el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres,


Se somete al trámite de información pública, por un período de treinta (30) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, los anteproyectos de prestación del servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por carretera en Cantabria:


- Corredor Occidental


- Corredor Central


- Corredor Valles Pasiegos


- Corredor Oriental


- Cercanías Torrelavega


- Cercanías Santander


El texto completo de los citados anteproyectos puede ser consultado en la Direccion General de Transportes y Comunicaciones de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente en horario de 9:00 a 14:00 horas, ubicada en la calle Cádiz nº 2, C.P. 39002, Santander, y en el Portal del Gobierno de Cantabria a través del siguiente enlace:


https://www.cantabria.es/web/direccion-general-transportes-y-comunicaciones


Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones que considere oportunas respecto al contenido del anteproyecto. Las alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.


Igualmente, podrán presentarse a través del Portal de Participación Ciudadana en el que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.


En cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, por el que se regula el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica y sus representantes únicamente podrán presentar sus opiniones a través del Registro Electrónico General.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 04/12/2025

Fecha de finalización: 20/01/2026

 

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