En relación con el expediente relativo al "ANTEPROYECTO DE PASEO PEATONAL EN LA CARRETERA AUTONÓMICA CA-241 CICERO-SANTOÑA P.K. 0+000 A P.K. 1+560. T.M. CICERO Y ESCALANTE. TRAMO: CICERO-CONVENTO DE MONTEHANO".
Resultando que con fecha de septiembre de 2024 fue redactado por DÝNAMIS ESTUDIO DE INGENIERÍA el citado anteproyecto.
Resultando que con fecha de diciembre de 2024 fue redactado por ECOESTUDIOS CANTÁBRICO, el Estudio de Impacto Ambiental.
Resultando que con fecha 20 de enero de 2025 el Servicio de Supervisión y Apoyo Técnico de la Dirección General de Obras Públicas informó favorablemente la supervisión del proyecto.
Resultado que con fecha de abril de 2025 fue redactado por RAFAEL BOLADO DEL CASTILLO, informe de impacto arqueológico.
Resultando que con fecha 16 de junio de 2025 la Dirección General de Obras Públicas aprueba técnicamente el mencionado anteproyecto. Considerando lo establecido en los artículos 7.2, 9 y 10 de la Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria.
Se aprueba provisionalmente el anteproyecto denominado "ANTEPROYECTO DE PASEO PEATONAL EN LA CARRETERA AUTONÓMICA CA-241 CICERO-SANTOÑA P.K. 0+000 A P.K. 1+560. T.M. CICERO Y ESCALANTE. TRAMO: CICERO-CONVENTO DE MONTEHANO"; se somete el expediente a información oficial durante un plazo de un (1) mes, remitiéndolo a los Ayuntamientos de Bárcena de Cicero y Escalante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria y a los diferentes organismos afectados en base a su legislación sectorial; se somete el expediente a información pública, durante un plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria. La alegaciones y observaciones se dirigirán a la Dirección General de Obras Públicas, pudiendo ser presentadas en el Registro Electrónico General, así como en los Registros y Oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 2/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Se hace constar que dicha información pública se realiza también a efectos de Evaluación de Impacto Ambiental, en cumplimiento de lo previsto en la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental".
Se dispone la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, a los efectos del artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciendo saber que la misma agota la vía administrativa, y cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación.
De conformidad con el artículo 39 de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública, el proyecto precitado podrá ser examinado en el Servicio de Supervisión y Apoyo Técnico de la Dirección General de Obras Públicas, situada en la calle Alta nº 5, 5ª planta de Santander, en horario de 9 a 13 horas, en los Ayuntamientos de Bárcena de Cicero y Escalante y en el Portal de Transparencia de Cantabria.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 02/07/2025
Fecha de finalización: 14/08/2025