De conformidad con el artículo 51 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se somete a trámite de consulta pública previa el posible contenido del proyecto de Orden sobre ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Las aportaciones podrán presentarse durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria. Podrán realizarse por escrito, dirigidas a la Dirección General de Planificación, Ordenación, Gestión del Conocimiento y Salud Digital y presentarse a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Igualmente, podrán presentarse las sugerencias a través del Portal de Transparencia de Cantabria en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se recabará la opinión de la ciudadanía y las organizaciones más representativas potencialmente afectadas acerca de los siguientes extremos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
El proyecto de Orden sobre ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma de Cantabria pretende organizar y regular de manera clara y estructurada la formación sanitaria especializada en Cantabria, asegurando calidad, reconocimiento y una gestión eficiente de tutores, comisiones y unidades docentes, tanto en el sector público como en el privado.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
La necesidad de la propuesta de la citada orden, se fundamenta en que en nuestra comunidad autónoma no se cuenta con una legislación sectorial específica sobre la formación sanitaria especializada, siendo el objeto principal de la orden el desarrollo y ejecución de determinados aspectos relacionados con dicha materia. La oportunidad nos la brinda la corriente general creada desde todas las organizaciones del sector de facilitar y reconocer la figura profesional de los tutores de formación sanitaria especializada.
c) Los objetivos de la norma.
Este documento establece las bases legales y organizativas para la formación de profesionales sanitarios en Cantabria, en línea con la legislación estatal (Ley 44/2003 y otros reglamentos). La orden define cómo se gestionan y acreditan las unidades docentes, comisiones de docencia, tutores y otros actores clave en la formación de residentes en Ciencias de la Salud, tanto en el sector público como en el privado. Además, reconoce la labor profesional de las figuras docentes mediante diferentes tipos de incentivaciones, incluida la monetaria.
Puntos clave:
Marco legal y competencias: La ley estatal y reglamentos nacionales establecen las bases para la formación especializada. La Comunidad Autónoma de Cantabria
desarrolla y adapta estas normas a su contexto, gestionando aspectos como acreditación, evaluación y organización de las unidades docentes.
Organización de las unidades docentes: Se definen los centros sanitarios (hospitales, centros de salud, etc.) como centros docentes, y las unidades docentes como conjuntos de recursos humanos y materiales que imparten formación. La acreditación de estas unidades las resuelve la Dirección de Ordenacion de Profesiones Sanitarias del Ministerio de Sanidad a petición de las Comisiones de Docencia de los Centros Sanitarios y con la autorización, tramitación y supervisión de la Dirección General de Planificación, Ordenación, Gestión del Conocimiento y Salud Digital de La Consejería de Salud.
Órganos de gestión: La formación se gestiona mediante Comisiones de Docencia, que organizan, supervisan y controlan la formación en cada centro o unidad. Estas comisiones deben tener una estructura definida, con un máximo de 20 miembros, incluyendo tutores, residentes, responsables administrativos y otros
profesionales implicados.
Funciones de las Comisiones de Docencia: Incluyen aprobar guías formativas,supervisar planes individuales, valorar rotaciones externas, gestionar la calidad
docente, promover actividades formativas y de investigación, y evaluaranualmente la actividad docente.
Jefe o Jefa de Estudios: Es quien lidera la Comisión de Docencia, coordina actividades, representa a la formación en el centro, y participa en procesos de
acreditación y evaluación. Tiene una dedicación mínima del 10% de su jornada y puede ser designado mediante convocatoria pública o por el órgano directivo en el sector privado.
Figuras docentes: Se describen roles como tutores principales, tutores coordinadores, tutores de apoyo, personal técnico de apoyo a la formación colaboradores docentes. Cada uno tiene funciones específicas, requisitos de acreditación, y mecanismos para su nombramiento, evaluación y reconocimiento profesional.
Requisitos y reconocimiento: Los tutores y coordinadores deben estar acreditados, con experiencia y formación específica. La acreditación puede ser renovada mediante un proceso de re-acreditación periódico. La labor de estos profesionales tiene reconocimiento en la carrera profesional, incentivos económicos y prioridad en procesos de selección y formación.
Otros aspectos: Se incluyen detalles sobre presupuestos, con un cálculo del coste anual para tutores y personal docente. En resumen: La orden busca organizar y regular de manera clara y estructurada la formación sanitaria en Cantabria, asegurando calidad, reconocimiento y una gestión eficiente de tutores, comisiones y unidades docentes, tanto en el sector público como en el privado.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se contemplan soluciones alternativas.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 05/06/2025
Fecha de finalización: 19/06/2025
ACTUALIZACIÓN 26/06/2025
De conformidad con lo establecido en el artículo 51.3 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete al trámite conjunto de audiencia e información pública el proyecto de Orden sobre ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a efectos de dar audiencia a la ciudadanía afectada y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas y entidades; y se dispone la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria.
El texto completo del citado proyecto estará a disposición del público en las dependencias de la Dirección General de Planificación, Ordenación, Gestión del Conocimiento y Salud Digital de la Consejería de Salud, ubicada en calle Federico Vial, 13, 2ª planta, 39009 Santander (Cantabria), en horario de 09:00 a 14:00 horas, y podrá consultarse en el Portal de Transparencia de Cantabria.
El plazo de presentación de aportaciones será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.
Las aportaciones al proyecto de orden sobre ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma de Cantabria, deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Planificación, Ordenación, Gestión del Conocimiento y Salud Digital, pudiendo ser presentadas en los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Igualmente podrán presentarse a través del Portal de Transparencia de Cantabria en el que se publicará la resolución, en el recuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 27/06/2025
Fecha de finalización: 10/07/2025