Orden por la que se aprueban las convocatorias para la selección de vocales que formarán parte del Consejo de Personas Mayores de Cantabria
Información pública Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

 

De conformidad con el artículo 51 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda someter a trámite de consulta pública previa el posible contenido del proyecto de Orden por la que se aprueban las convocatorias para la selección de vocales que formarán parte del Consejo de Personas mayores de Cantabria.


Las sugerencias podrán presentarse durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.


Las sugerencias se dirigirán a la Dirección General de Dependencia, Atención Sociosanitaria y Soledad no Deseada y se podrán presentar utilizando el Portal de Transparencia de Cantabria, en el espacio habilitado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo, en la Sede electrónica del Gobierno de Cantabria en la dirección sede.cantabria.es, o bien en la Oficina de Asistencia en materia de Registro de la Secretaría General de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la calle Castelar, 5, 1º, de Santander, así como en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Las personas jurídicas y demás entidades a que se refiere el artículo 135 de la misma ley habrán de presentar las sugerencias de forma telemática.


A tenor de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se recabará la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas acerca de los siguientes extremos:


a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Con la orden proyectada se pretende dar cumplimiento a los objetivos señalados en el Decreto 75/2024, de 26 de septiembre, por el que se crea el Consejo de Personas mayores de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que dispone un sistema de convocatorias públicas para la designación de determinados vocales en el Consejo, sin que exista una normativa previa reguladora de las citadas convocatorias, así como los criterios para efectuar la selección.


b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

La necesidad y oportunidad de la aprobación de la orden viene motivada por el cumplimiento del artículo 7.3.c) del Decreto 75/2024, de 26 de septiembre, citado en el apartado anterior. 


c) Los objetivos de la norma.

La presente norma tiene como finalidad dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 7.3.c) del Decreto 75/2024, de 26 de septiembre, mediante la aprobación de las convocatorias y los criterios de selección de las entidades que representarán como vocales en el Consejo de Personas Mayores a los sectores indicados en el artículo 7.1, letras d), g) y h) del referido decreto.


En la orden proyectada se establecerá una convocatoria específica para cada uno de los siguientes grupos:

1º. Asociaciones de personas mayores.

2º. Entidades sin ánimo de lucro titulares de centros o servicios destinados a personas mayores.

3º. Organizaciones empresariales titulares de centros o servicios de atención a personas mayores.


d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se contemplan otras soluciones no regulatorias ni tampoco alternativas a la regulación por orden de la Consejería, en atención al contenido expuesto y a la atribución de funciones que hace el artículo 7.3.c) del Decreto 75/2024, de 26 de septiembre.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 08/11/2024

Fecha de finalización: 21/11/2024

 

 

ACTUALIZACIÓN 09/12/2024

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se resuelve someter a audiencia e información pública el proyecto de Orden por la que se aprueban las convocatorias para la selección de vocales que formarán parte del Consejo de Personas mayores de Cantabria.
 

Las alegaciones o sugerencias al proyecto deberán realizarse por escrito, y se presentarán en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.
 

Las alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Dependencia, Atención Sociosanitaria y Soledad no deseada y se podrán presentar utilizando el Portal de Transparencia de Cantabria, en el espacio habilitado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo, en la Sede electrónica del Gobierno de Cantabria en la dirección sede.cantabria.es, o bien en la Oficina de Asistencia en materia de Registro de la Secretaría General de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la calle Castelar, 5, 1º, de Santander, así como en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Las personas jurídicas y demás entidades a que se refere el artículo 135 de la misma Ley habrán de presentar las sugerencias de forma telemática.


La resolución se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria.


ALEGACIONES

Fecha de inicio: 10/12/2024

Fecha de finalización: 23/12/2024

 

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