Orden por la que se crea el puesto de Médico de Atención Primaria sin cupo asignado (SCA), en el ámbito de Atención Primaria del Servicio Cántabro de Salud
Información pública Consejería de Salud

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 51.2 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración de una disposición de carácter general debe sustanciarse una consulta pública que se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria.
 

Por otra parte, según lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la consulta previa se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su correspondiente aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.


Así las cosas, a través de la resolución se instrumenta la consulta previa a la elaboración de una orden de creación del puesto de Médico de Atención Primaria sin cupo asignado (SCA), en el ámbito de Atención Primaria, a los efectos de que la ciudadanía en general, las organizaciones más representativas potencialmente afectadas, tengan la posibilidad de participar de forma activa y realizar aportaciones acerca de los siguientes extremos.


A tenor de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se recabará la opinión de la ciudadanía y las organizaciones más representativas potencialmente afectadas acerca de los siguientes extremos:

 

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La propuesta de orden tiene como objeto la creación del puesto de trabajo de Médico de Atención Primaria sin cupo asignado (SCA), dentro de la categoría estatutaria de Médico de Familia de Atención Primaria en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud (SCS). Asimismo, la norma persigue estabilizar las plantillas orgánicas de Atención Primaria, creando plazas cuyas características permitan al mismo tiempo ofrecer estabilidad en el empleo y solventar el problema de las coberturas de corta duración que dificultan una buena prestación sanitaria.
 

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Actualmente existe en el Servicio Cántabro de Salud un elevado porcentaje de personal en atención primaria que mantiene una vinculación temporal de prestación de servicios, lo que ocasiona problemas para garantizar la continuidad asistencial y genera incertidumbre entre los profesionales. En este sentido, en los centros sanitarios dependientes de la Gerencia de Atención Primaria del Servicio Cántabro de Salud surgen constantemente necesidades de cobertura inmediata en las que la falta de profesionales disponibles para determinadas áreas geográficas o para asumir coberturas de corta duración dificultan su provisión en perjuicio de una asistencia sanitaria de calidad.
 

c) Objetivos que se persiguen.

La creación de la figura de médico de atención primaria sin cupo asignado (SCA) permitirá incorporar a las plantillas nuevas plazas vacantes cuya prestación de servicios abarca el ámbito funcional tanto de los EAP como de los SUAP, compensando la mayor penosidad atribuible a estos puestos con un régimen retributivo que mejora las condiciones salariales del personal que opte por el desempeño de estas plazas. Con dichas condiciones retributivas, unidas a la estabilidad de los nuevos puestos, se persigue retener a los profesionales que próximamente finalizarán su formación especializada de Medicina Familiar y Comunitaria en Cantabria, así como atraer a especialistas procedentes de otras comunidades autónomas.
 

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se contemplan soluciones alternativas.

 

En atención a lo expuesto, se resuelve acordar la realización del trámite de consulta pública previa con respecto a la futura redacción de la orden de creación del puesto de Médico de Atención Primaria sin cupo asignado (SCA), en el ámbito de Atención Primaria del Servicio Cántabro de Salud y se dispone la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura orden, acerca de los siguientes extremos:
 

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la futura orden.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de dicha orden.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, ubicada en la avenida Cardenal Herrera Oria, s/n, 39011, de Santander, pudiendo ser presentadas en su Registro Electrónico General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
 

Asimismo, podrán presentarse aportaciones a través del Portal de Transparencia de Cantabria en el que se publicará la resolución. Dichas aportaciones se efectuarán en el cuadro destinado al efecto siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo. 


Las opiniones podrán presentarse en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.


 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 28/08/2024

Fecha de finalización: 11/09/2024

 

 

ACTUALIZACIÓN 13/09/2024

 

En cumplimiento del artículo 51.3 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se resuelve someter al trámite conjunto de audiencia e información pública el proyecto de Orden por el que se crea el puesto de Médico de Atención Primaria sin cupo asignado (SCA) en el ámbito de Atención Primaria del Servicio Cántabro de Salud y se dispone la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia de Cantabria.


El proyecto estará a disposición del público en las dependencias de la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, en horario de 09:00 a 14:00 horas, ubicada en la Avenida Cardenal Herrera Oria s/n de Santander (Subdirección de Recursos Humanos y Coordinación Administrativa) y en el Portal de Transparencia de Cantabria www.transparencia.cantabria.es


El plazo de presentación de alegaciones y sugerencias será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.


Las alegaciones o sugerencias al citado proyecto de orden deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, pudiendo ser presentadas en los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Igualmente, podrán presentarse a través del Portal de Transparencia de Cantabria en el que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo. 


 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 16/09/2024

Fecha de finalización: 27/09/2024

 

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