Orden que regula la composición y funcionamiento del Comité de directores de centros públicos de enseñanza secundaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cerrado Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades

 

La Orden de 4 de mayo de 2000, por la que se crea el Comité de directores de Centros Públicos de enseñanza secundaria de Cantabria estableció la composición y estructura del Comité de directores de Centros Públicos de Enseñanza Secundaria, como órgano consultivo y de asesoramiento de la Administración educativa.

Posteriormente, la Orden EDU 1/2005, de 5 de enero, por la que se modifica la Orden de 4 de mayo de 2000, por la que se crea el Comité de directores de Centros Públicos de Enseñanza Secundaria de Cantabria, adapta la composición del Comité de directores y de la Comisión Permanente a los cambios en la estructura orgánica de la Consejería competente en materia de educación.

La necesidad de actualizar la composición del Comité y de dotar de una mayor seguridad jurídica a aspectos concretos del proceso de elección de los miembros de la Comisión Permanente hace aconsejable dotar de una nueva regulación de este importante órgano consultivo para el normal desarrollo de sus funciones durante los próximos cursos.

 

SUGERENCIAS Y PLAZOS

Es por lo que se somete al trámite de información pública, por un período de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el proyecto de Orden que regula la composición y funcionamiento del Comité de Directores de centros públicos de enseñanza secundaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El texto completo del citado proyecto puede ser consultado en la Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica (calle Vargas, 53, 8ª Planta - 39010 Santander), y en el portal educativo de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (www.educantabria.es).

Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones u observaciones que considere oportunas respecto al contenido del proyecto mencionado.

Las alegaciones u observaciones se dirigirán a la Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (calle Vargas, 53 - 7.ª planta, Santander 39010), en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES:

Fecha de comienzo: 25/10/2018

Fecha de Finalización: 08/11/2018

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