De conformidad con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración de un proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública a través del portal Web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:
a) Los problemas que se pretende solucionar con la futura norma.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de dicha norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por todo ello, se acuerda la realización del trámite de consulta pública con respecto a la futura redacción de una Orden por la que se regula la organización y funcionamiento del sistema de peritaciones judiciales ante los órganos judiciales con sede en la Comunidad Autónoma de Cantabria; y se dispone la publicación de la resolución en el Portal web del Gobierno de Cantabria, a los efectos de recabar la la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:
a) Los problemas que se pretende solucionar con la futura norma.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de dicha norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Justicia, ubicada en la C/ Castilla, nº 1, entresuelo, 39002 Santander, pudiendo ser presentadas en su Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Dichas opiniones podrán realizarse en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria. Igualmente podrán presentarse las alegaciones a través del Portal de Transparencia de Cantabria en el que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 09/09/2022
Fecha de finalización: 07/10/2022
- 01 Propuesta de resolución de consulta pública previa
- 02 Resolución de consulta pública previa
- 03 Alegaciones de la Unión Profesional de Cantabria
- 04 Alegaciones del Colegio de Aparejadores de Cantabria
- 05 Alegaciones del Colegio de Economistas de Cantabria.pdf
- 06 Alegaciones del Colegio Oficial de Psicología de Cantabria
- 07 Alegaciones de los Colegios Profesionales de Ingerieros e Ingenieros Técnicos en Informática de Cantabria