Orden por la que se modifica la Orden EFT/2/2019, de 4 de noviembre, por la que se regula la evaluación de certificación de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Consulta pública Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades

De conformidad con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en relación con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto, durante el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Ofcial de Cantabria, un proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EFT/2/2019, de 4 de noviembre, por la que se regula la evaluación de certifcación de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Ajustar de la norma autonómica a las necesidades de certifcación de los niveles de competencia general en idiomas de la población en relación con la población destinataria de las pruebas.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Se observa la conveniencia de la publicación a principios del curso 2022-2023 para la oportuna y necesaria difusión de su contenido previa a la convocatoria de pruebas de certifcación de idiomas de 2023.

c) Objetivos de la norma.

Proporcionar a las enseñanzas implicadas un marco normativo ajustado a las necesidades y requerimientos de la evaluación de certifcación.

Ampliar la posibilidad de acceso a la certifcación ofcial de competencia general en idiomas de la población escolar de la comunidad autónoma.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No hay.

 

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden presentar sus opiniones acerca de los aspectos mencionados, por escrito, a través de la dirección de correo electrónico (unidadtecnica.fpep@educantabria.es, en el Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional (calle Vargas, 53-7ª planta, Santander 39010) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 06/08/2022

Fecha de finalización: 22/08/2022

 

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