Expediente EOL-17-2017
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Cantabria 7/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto de Cantabria 6/2003, de 16 de enero, por el que se regulan las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico y en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, que es de aplicación supletoria; y según lo previsto en los artículos 33 y 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y el estudio de impacto ambiental del proyecto del parque eólico Cerro Airo y su infraestructura que conecta con la red de distribución, propiedad de Viesgo Distribución Eléctrica, S. L.
Características principales del parque eólico:
Peticionario: BOREAS TECNOLOGÍA S.L, con CIF: B09358003.
Objeto de la petición: Solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental para promover una instalación de producción de energía eólica de 6 MW de potencia instalada, denominada "Parque Eólico Cerro Airo".
Dicha instalación estará confgurada por los aerogenadores del parque y sus líneas subterráneas a 30 kV hasta el centro de protección y reparto previo a su conexión a la red de distribución de la Compañía Viesgo Distribución S. L.
Términos municipales afectados: Campoó de Yuso.
Características generales de la instalación:
Emplazamiento y confguración: el parque eólico de Cerro Airo está confgurado por una alineación con 2 aerogeneradores en el término municipal de Campoó de Yuso. Las coordenadas y potencias de los aerogeneradores son las siguientes:
Sistema de coordenadas: ETRS 89, HUSO 30 | |||
Posiciones | Coord. X | Coord. Y | Potencia (MW) |
01 | 412.045,00 | 4.762.888,00 | 3,00 |
02 | 411.786,00 | 4.762.775,00 | 3,00 |
- Número de aerogeneradores: 2.
- Tipo Aerogenerador: Senvion 3.0 MW.
- Potencia unitaria: 3 MW.
- Potencia total instalada: 6 MW.
- Altura de torre: 110 metros.
- Diámetro de rotor: 140 metros.
En el interior de cada aerogenerador se instalará un centro de transformación que elevará la tensión generada en bornes del generador hasta 30 kV, tensión de la red de distribución interna del parque eólico que discurrirá subterránea.
La red subterránea de media tensión a 30 kV se encargará de la evacuación de la energía generada por los aerogeneradores, que partirá desde el aerogenerador número 2 hasta el centro de protección y medida con una longitud de 814 metros. A su vez se proyecta una segunda zanja desde el Centro de reparto hasta el apoyo número 41 de la LAT Reinosa-Bombeo de 36 metros, y Centro de reparto y Centro de protección y medida.
El Parque eólico Cerro Airo tiene informe favorable de acceso y conexión a la red de transporte de REE en el Set Mataporquera. Para la conexión al Set Mataporquera, el promotor ha llegado a un acuerdo con la compañía distribuidora (VIESGO) para compartir la evacuación existente hasta la SET Mataporquera. De modo que solo forma parte del proyecto a ejecutar por el promotor la línea eléctrica que parte de los aerogeneradores hasta el centro de protección y medida. Desde el centro de reparto contiguo hasta la conexión con la línea la LAT Reinosa-Bombeo de 30 kV para su conexión en el nudo Reinosa 30 kV, dependerá de la empresa distribuidora. La LAT Reinosa-Bombeo ya existe, por lo que la compañía distribuidora solo debe ejecutar a mayores la infraestructura de centro de reparto y línea subterránea de 36 metros para la conexión a la LAT Reinosa-Bombeo.
Estudio de Impacto Ambiental:
El presente proyecto está sujeto a Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria.
La evaluación ambiental del parque eólico Cerro Airo, junto con sus infraestructuras de evacuación, se encuentra recogida en el documento denominado "Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Instalación del Parque Eólico Cerro Airo", cuyo trámite de información pública se inicia con el anuncio, conforme a lo establecido en el citado artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
El órgano competente para formular la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático (Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente).
Presupuesto:
El presupuesto asciende a 4.339.165,71 euros (cuatro millones trescientos treinta y nueve mil ciento sesenta y cinco euros con setenta y un céntimos de euro).
El órgano sustantivo competente para autorizar la instalación y ante el que se puede obtener información, presentar observaciones, efectuar alegaciones o formular consultas es la Dirección General de Industria, Energía y Minas (Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio).
Lo que se hace público para conocimiento general y para que cuantos interesados lo deseen puedan presentar por escrito, en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días a partir del siguiente a su publicación, signifcando que, a estos efectos, pueden consultar el anteproyecto de la instalación así como su estudio de impacto ambiental en el apartado "Información Pública" de nuestra web https://dgicc.cantabria.es/informacion-publica
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 24/06/2022
Fecha de finalización: 06/08/2022