Decreto por el que se regula la gestión del parque público de viviendas en alquiler de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cerrado Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

 

La Dirección General de Vivienda de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales está preparando la tramitación de un Proyecto de Decreto por el que se regula la gestión del Parque Público de viviendas en alquiler de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 51.2 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en concordancia con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del correspondiente texto normativo se somete al trámite de consulta pública previa para recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:

 

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la futura norma:

Actualmente no existe una regulación del parque público de vivienda en alquiler que desarrolle el artículo 36 de la Ley 5/2014, de 26 de diciembre, de Vivienda Protegida de Cantabria. Esta ausencia de regulación dificulta la gestión del parque público de viviendas, al no establecerse una definición detallada de las viviendas que lo integran, ni los procedimientos de incorporación de las viviendas o su adjudicación a los arrendatarios.

El carecer de un inventario de las viviendas que integran el parque público de viviendas en alquiler dificulta disponer de una información detallada y exacta de su tipología, su tamaño o de los equipamientos del edificio en el que se encuentra las viviendas.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación:

El Parque Público de Viviendas en alquiler tiene como finalidad contribuir al buen funcionamiento del mercado de la vivienda y servir de instrumento de planificación y de gestión de las políticas públicas en materia de alquiler de vivienda social.

Con el Decreto se desarrollará el artículo 36 de la Ley 5/2014, de 26 de diciembre, de Vivienda Protegida de Cantabria.

c) Los objetivos de dicha norma:

La norma que se tramitará persigue los siguientes objetivos:

  • Desarrollar el artículo 36 de la Ley 5/2014 Ley 5/2014, de 26 de diciembre, detallando las viviendas que integran el parque público de viviendas.
  • Regular el inventario de viviendas del parque público como mecanismo para facilitar su gestión.
  • Lograr una mayor transparencia en los procedimientos de adjudicación de las viviendas, asegurando el principio de igualdad en las adjudicaciones.
  • Regular la posibilidad de la existencia de programas específicos a los que puedan quedar adscritos determinadas viviendas.
  • Regular un procedimiento específico que permita dar una respuesta ágil a los casos de emergencia habitacional de las personas en situación de vulnerabilidad.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

No se contemplan soluciones alternativas.

 

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Vivienda, de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, por correo electrónico: viviendacantabria@cantabria.es, por vía telemática a través del registro electrónico común https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm en su registro general, así como en los registros u oficinas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de quince días a contar desde la publicación de la resolución.

Igualmente, podrán presentarse las alegaciones a través del Portal de Transparencia en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 21/06/2022

Fecha de finalización: 11/07/2022

 

 

ACTUALIZACIÓN 27/09/2022

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de audiencia e información pública, por un período de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el "Proyecto de Decreto por el que se regula la Gestión de las Viviendas del Parque Público de Viviendas en Alquiler de la Comunidad Autónoma de Cantabria".

El texto completo del citado proyecto podrá consultarse en las dependencias de la Dirección General de Vivienda de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, en horario de 09:00 a 14:00 horas, ubicada en la calle Alta, nº 5, 6ª planta, de Santander, así como en el portal web "Cantabria Participa" (http://participacion.cantabria.es), y en el de la Dirección General de Vivienda (http://www.viviendadecantabria.es).

Las alegaciones o sugerencias al citado proyecto de decreto deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Vivienda de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, pudiendo ser presentadas a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Igualmente, podrán ser presentadas a través del portal Cantabria Participa, en el que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 28/09/2022

Fecha de finalización: 11/10/2022

 

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