Orden por la que se crean, en la Secretaría General de Presidencia y Justicia, los ficheros de datos de carácter personal: Registro General de Asociaciones de Cantabria, Fundaciones de Cantabria y Registro de Colegios Profesionales de Cantabria.
Cerrado Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa

 

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente. Por su parte, el Decreto 48/1994, de 18 de octubre, por el que se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus Organismos Autónomos, determina en su artículo 3º que la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden del titular de la Consejería de la que dependa o esté adscrita la unidad responsable del fichero.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado,

Esta orden se prevé con el fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de Desarrollo de la misma, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 33.f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

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