Orden por la que se regulan los proyectos bilingües y plurilingües en las enseñanzas de Formación Profesional de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Consulta pública Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades

 

De conformidad con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en relación con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto, durante el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, un proyecto de Orden por la que se regulan los proyectos bilingües y plurilingües en las enseñanzas de Formación Profesional de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Ajuste de la normativa autonómica a los nuevos proyectos bilingües y plurilingües en la Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Cantabria a las directrices dictadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional para la conversión de Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior en bilingües a través del Plan para la Modernización de la Formación Profesional 2021.

Adaptación a los requisitos establecidos para la posible financiación de las actuaciones referidas a las propuestas que se regulan.

Cobertura de las particularidades recogidas en los procedimientos educativos que se presentan.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Entre los ámbitos estratégicos definidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en este plan, se propone la transformación de parte de la oferta educativa de Formación Profesional en oferta bilingüe, y se establecen los requisitos básicos preceptivos para llevar este procedimiento a cabo. Dichos requisitos modifican sustancialmente las condiciones establecidas en la Orden ECD/123/2013, de 18 de noviembre, que regula los programas de educación bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y, específicamente, lo recogido en su artículo 9, sobre estos programas en la enseñanza de Formación Profesional.

Se observa la conveniencia de la publicación en el primer trimestre de 2022 para la organización del curso 2022-2023.

c) Objetivos de la norma.

Proporcionar a las enseñanzas implicadas un marco normativo ajustado a las nuevas necesidades y requerimientos de la educación plurilingüe. Establecer las condiciones que posibiliten la incorporación de nuevos centros a esta propuesta educativa.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se contemplan otras alternativas regulatorias o no regulatorias.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden presentar sus opiniones acerca de los aspectos mencionados, por escrito, a través de la dirección de correo electrónico (unidadtecnica.fpep@educantabria.es), en el Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional (Calle Vargas, 53-7ª planta, Santander 39010) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 26/03/2022

Fecha de finalización: 08/04/2022

 

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