De conformidad con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en relación con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto, durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, un proyecto orden por la que se regula la evaluación y promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y determinados aspectos relacionados con la evaluación y titulación de la Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Regular en una sola norma la evaluación y promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Cantabria, tras las modificaciones efectuadas en la materia por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y de conformidad con el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y determinados aspectos relacionados con la evaluación y titulación la Formación Profesional.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aborda una transformación del sistema educativo con el objetivo de conseguir un aumento de oportunidades educativas y formativas, así como la mejora de los resultados educativos del alumnado, satisfaciendo la demanda de una educación de calidad. En el marco de esta renovación, en las etapas que integran la educación obligatoria y el Bachillerato, la nueva ley modifica significativamente la regulación de la evaluación, la promoción y la titulación. Por otra parte, el Real Decreto 984/2021, con carácter básico, regula en un único texto y en aplicación de la Ley 3/2020, la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y determinados aspectos relativos a la evaluación y titulación de la Formación Profesional. Debido a las novedades introducidas por La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el Real Decreto 984/2021 se hace necesaria la aprobación de una norma que recoja dichos aspectos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, adaptándolos a la nueva normativa.
c) Objetivos de la norma.
Desarrollar, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas en materia de Educación la Comunidad Autónoma de Cantabria, un proyecto de orden por la que se regule la evaluación y promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y determinados aspectos relativos a la evaluación y titulación de la Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se contemplan otras alternativas regulatorias o no regulatorias.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden presentar sus opiniones acerca de los aspectos mencionados, por escrito, a través de la dirección de correo electrónico ordenacion@educantabria.es, en el Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional (calle Vargas, 53, 7ª planta, Santander 39010), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Igualmente podrán ser presentadas a través del Portal de Transparencia de Cantabria en el cual se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 14/01/2022
Fecha de finalización: 27/01/2022
ACTUALIZACIÓN 18/02/2022
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite conjunto de audiencia e información pública, por un período 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el proyecto de Orden por la que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y determinados aspectos relacionados con la evaluación y titulación de la Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El texto completo del citado proyecto puede ser consultado en la Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica (calle Vargas, 53, 8ª planta, 39010 Santander), en el portal educativo de la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de Cantabria (www.educantabria.es) y en el Portal de Transparencia de Cantabria.
Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones u observaciones que considere oportunas con respecto al contenido del proyecto mencionado. Estas se dirigirán, por escrito, a la Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica, presentándose a través de la dirección de correo electrónico ordenacion@educantabria.es, en el Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de Cantabria (calle Vargas, 53, 7.ª planta, Santander 39010) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Igualmente podrán ser presentadas a través del Portal de Transparencia de Cantabria en el que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 19/02/2022
Fecha de finalízación: 04/03/2022