Solicitud de autorización para vertido de aguas pluviales a zona de dominio público marítimo terrestre del Brazomar, procedentes de dos alivios del nuevo bombeo de Riomar. Término municipal de Castro Urdiales
Cerrado Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

 

Con fecha de Registro 20 de julio de 2021, tiene entrada en la Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos solicitud de "Autorización de vertido de aguas pluviales, a zona de dominio público marítimo terrestre del Brazomar, procedentes de dos alivios del nuevo bombeo en Riomar. Termino Municipal de Castro Urdiales", en cumplimiento de los preceptos regulados en el Decreto 47/2009, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Vertidos desde Tierra al Litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Por todo lo expuesto, en relación al asunto de referencia y en base a lo previsto en el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas que desarrolla Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas en aquellos aspectos no modificados por la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, así como del artículo 7 del Decreto 47/2009, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Vertidos desde Tierra al Litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y corrección de errores publicada en el BOC nº 139 de 21 de julio de 2009, este Servicio de Planificación Hidráulica de la Subdirección General de Aguas y Puertos de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos, dentro del procedimiento de Tramitación de Solicitudes, adjunta copia de la solicitud y la documentación técnica presentada por SICAN, que podrá consultarse en la dirección web que se reproduce al final de este oficio, la cual permanecerá expuesta durante el plazo de un (1) mes desde la fecha de la publicación, al objeto de solicitar el preceptivo informe en la materia de su competencia, de acuerdo a lo regulado en el artículo 7 del Decreto 47/2009, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Vertidos desde Tierra al Litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el plazo de un (1) mes, contado a partir de la fecha de registro del presente oficio.

Transcurrido ese plazo sin que se haya recibido informe la Dirección General de Obras Hidráulicas y Puertos podrá continuar la tramitación del expediente, según lo dispuesto en los artículos 7.2 y 19.4 del Decreto 47/2009, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Vertidos desde Tierra al Litoral de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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ALEGACIONES

Fecha de inicio: 31/08/2021

Fecha de finalización: 30/09/2021

 

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