De conformidad con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en relación con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto, durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, un proyecto de Orden por el que se establece el currículo del título profesional básico de Técnico en Reforma y Mantenimiento de Edificios en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
a. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Tras la publicación del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el título profesional básico de Técnico en Reforma y Mantenimiento de Edificios y se fija su currículo básico y los requisitos de acceso, no se ha desarrollado el currículo para el citado título en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Para desarrollar la oferta de estudios de la familia de Edificación y Obra Civil y atender a las demandas de la sociedad, es necesario desarrollar el currículo del título profesional básico de Técnico en la Comunidad Autónoma de Cantabria, regulado por el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el título profesional básico de Técnico en Reforma y Mantenimiento de Edificios, se fija su currículo básico y los requisitos de acceso.
c. Objetivos de la norma.
Establecimiento del currículo, para la Comunidad Autónoma de Cantabria, del título profesional básico de Técnico en Reforma y Mantenimiento de Edificios.
d. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por las razones expuestas no se han considerado otras alternativas.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden presentar sus opiniones acerca de los aspectos mencionados, por escrito, en el Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional (Calle Vargas, 53-7ª planta, Santander 39010), en el Portal de Transparencia de Cantabria, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
ALEGACIONES
Fecha de inicio: 14/07/2021
Fecha de finalización: 27/07/2021