Orden para regular el procedimiento y las hojas de reclamaciones en las relaciones de consumo sobre la prestación de servicios de inspección técnica de vehículos en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cerrado Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio

 

De conformidad con el artículo 51 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a consulta pública previa el posible contenido del proyecto de Orden para regular el procedimiento y las hojas de reclamaciones en las relaciones de consumo sobre la prestación de servicios de inspección técnica de vehículos en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El plazo de presentación será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

Los ciudadanos y organizaciones que lo consideren oportuno, podrán presentar sus opiniones, por escrito, a través de la dirección de correo electrónico dgiem@cantabria.es o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, haciendo constar en el asunto del escrito o del correo electrónico “Sugerencias a Orden hojas de reclamaciones ITV”.

Igualmente, podrán presentarse las alegaciones a través del Portal de Transparencia en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

De conformidad con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24.30 del Estatuto de Autonomía de Cantabria y en el marco de lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto Ley 7/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes en el Sector de las Telecomunicaciones, se dictó el Reglamento sobre prestación de servicios de Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, aprobado por el Decreto 32/2011, de 14 de abril, en cuyo artículo 19 se dispone que:

“1. Las estaciones ITV tendrán a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones conforme al modelo que determine la Dirección General de Industria, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Cantabria 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios, y deberán cumplir las disposiciones que en esta materia se recogen en el apartado E del Anexo I del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero.

2. En la resolución de las quejas y reclamaciones el director técnico de la estación informará al usuario de que puede elevarlas ante la Dirección General de Industria”.

Esta previsión, en el marco del artículo 51 de la Constitución Española, que impone a los poderes públicos la obligación de garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos, y la reciente aprobación del Decreto 21/2021, de 11 de febrero, por el que se regulan las hojas de reclamaciones en las relaciones de consumo, al amparo de lo previsto en el artículo 25.6 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, aconsejan el dictado de una norma de conformidad con lo establecido en la disposición final primera del Reglamento sobre prestación de servicios de Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de regular, en dicho ámbito específico, esa protección que implica crear procedimientos rápidos, económicos y operativos que ofrezcan a los consumidores y usuarios, debidamente informados de su existencia, un respaldo sólido a la hora de resolver sus quejas, reclamaciones y denuncias, cumpliendo así los objetivos básicos del artículo 21 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y del artículo 40 de la Ley de Cantabria 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Actualmente la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria no dispone de unos modelos de hojas de reclamaciones establecidos, ni tampoco cuenta con un procedimiento publicado en el Inventario de procedimientos y servicios de Cantabria, aspectos que se pretenden solucionar mediante la aprobación de esta Orden.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

Por ello, se propone una norma para establecer los modelos de regulación de las hojas de reclamaciones en las relaciones de consumo sobre prestación de servicios de inspección técnica de vehículos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como para regular su tramitación administrativa.

c) Los objetivos de la norma.

Así se cubrirían estos objetivos:

Que todos los establecimientos de inspección técnica de vehículos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que presten estos servicios tengan a disposición de los consumidores y usuarios que lo soliciten hojas de reclamaciones en modelo oficial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Que los consumidores y usuarios conozcan cuáles son estos documentos.

Establecer un procedimiento de entrega y tramitación de dichas hojas.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

La norma proyectada supone el ejercicio por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria de sus competencias en materia de defensa de los consumidores y usuarios, así como sobre prestación de servicios de Inspección Técnica de Vehículos, de conformidad con el artículo 19 del Decreto 32/2011, de 14 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre prestación de servicios de Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad Autónoma de Cantabria que establece “Las estaciones ITV tendrán a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones conforme al modelo que determine la Dirección General de Industria (…)”. Por tanto, no cabe una alternativa no regulatoria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 28/04/2021

Fecha de finalización: 11/05/2021

 

ACTUALIZACIÓN 24/06/2021

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 51 y 52 de la Ley 5/2018, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite conjunto de audiencia e información pública, por un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el "Proyecto de Orden por la que se regula el procedimiento y las hojas de reclamaciones en las relaciones de consumo sobre la prestación de servicios de inspección técnica de vehículos en la Comunidad Autónoma de Cantabria".

El proyecto de decreto podrá consultarse a través de la web http://participacion.cantabria.es y a través del Portal de Transparencia de Cantabria https://transparencia.cantabria.es/.

Las alegaciones o sugerencias al citado Proyecto de Decreto deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio, pudiendo presentarse a través del Portal de Transparencia de Cantabria en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

Igualmente podrán ser presentadas en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como en los registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 25/06/2021

Fecha de finalización: 08/07/2021

 

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