Decreto por el que se modifica el Decreto 30/2015, de 7 de mayo, por el que se crea la Comisión de Coordinación y Seguimiento para el desarrollo del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación
Cerrado Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa

 

La Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior del Gobierno de Cantabria tiene previsto modificar la composición de la Comisión de Coordinación y Seguimiento de riesgos de inundación.

Dicha Comisión se creó por el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación, cuyas funciones serán las de coordinar la actuación de las Direcciones Generales afectadas por el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, y de cualesquiera otros organismos o entidades que pudieran verse afectadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y la de realizar un seguimiento y control del cumplimiento del contenido del citado Real Decreto.

La Comisión queda adscrita a la Consejería que tenga asignadas las competencias en materia de Protección Civil.

Desde la constitución de dicha Comisión, la composición de la misma ha resultado afectada por los cambios en la composición de las estructuras de las diferentes Consejerías del Gobierno de Cantabria, resultando que en la fecha actual está formada por los representantes de órganos directivos de distintos ámbitos competenciales de una misma Consejería, entendiendo más eficiente que los representantes lo sean de la Consejería y que sea esta la que articule el representante de la misma que sea más adecuado con el objeto de la Comisión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 51 de con carácter previo a la elaboración del proyecto de Decreto, se procederá a sustanciar una CONSULTA PÚBLICA, a través del portal web de la Administración, para recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:

 

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la norma:

La elaboración de esta norma pretende actualizar y hacer más operativa la composición de la Comisión de Coordinación y Seguimiento de riesgos de inundación, ya que la misma ha resultado afectada por los cambios en la composición de las estructuras de las diferentes Consejerías del Gobierno de Cantabria, resultando que a fecha actual está formada por representantes de diferentes órganos directivos de materias competenciales específicas de una misma Consejería, pudiendo darse la situación de que algún órgano no esté incluido, por tal motivo entendemos necesaria la modificación y actualización de la composición de representantes correspondientes de las Consejerías y que sean éstas quien decida que representante de sus órganos directivos es el más adecuado para la gestión del objeto de la misma.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación:

Es el momento de proceder a la revisión de dicha norma dada la trascendencia y entidad que ha adoptado dicha comisión, entendida como un instrumento más de coordinación para la puesta al día de todos los recursos disponibles en la atención de las emergencias provocadas como consecuencia de las inundaciones acaecidas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, incluyendo la actualización debida a los cambios organizativos operados desde la entrada en vigor del Decreto que regula la Comisión.

Resulta indubitada la necesidad y oportunidad de aprobación del futuro Decreto, por la necesaria coordinación que debe presidir el ejercicio recíproco por las administraciones públicas de sus respectivas competencias en materia de gestión y atención de las emergencias, para lo que resulta necesario una que la composición de dicha Comisión sea lo más acorde con la realidad en que sus recursos han de ser aplicados, y para que su funcionamiento resulte lo más operativa posible.

c) Los objetivos de la norma:

La norma cuya aprobación se pretende tiene como objetivo esencial la adecuada coordinación de los órganos de las distintas Instituciones implicadas en la elaboración de los programas de medidas y actuaciones a desarrollar en el ámbito de los planes de gestión del riesgo de inundación, impulsando la coordinación entre sus miembros, y este objetivo se ha visto acentuado por las emergencias ocasionadas como consecuencia de las inundaciones acaecidas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los últimos años, y por ello, se pretende actualizar la composición de la Comisión citada para que la coordinación de los medios disponibles por las instituciones competentes sea de la operatividad necesaria para minimizar los efectos producidos por las inundaciones.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

Se considera como más óptima, entre las alternativas existentes, la alternativa regulatoria consistente en revisar y actualizar el Decreto ya existente.

Por todo ello, se acuerda la realización del trámite de CONSULTA PÚBLICA con respecto a la futura redacción de modificación del Decreto 30/2015, de 7 de mayo, por el que se crea la Comisión de Coordinación y Seguimiento para el desarrollo del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación.

Se dispone la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, y en el en el Portal Web del Gobierno de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con el futuro Decreto.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de dicho Decreto.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Interior, ubicada en la calle Peña Herbosa, número 29, de Santander, pudiendo ser presentadas en su Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

Igualmente, podrán presentarse las alegaciones a través del Portal de Transparencia, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 20/04/2021

Fecha de finalización: 17/05/2021

 

 

ACTUALIZACIÓN 03/11/2022

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 51.3 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, vista la propuesta de la Dirección General de Interior, se somete a información pública, por un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 30/2015, de 7 de mayo, por el que se crea la Comisión de Coordinación y Seguimiento para el desarrollo del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación.

El texto completo del citado proyecto puede ser consultado en la Dirección General de Interior, (calle Peña Herbosa, cuarta planta, nº 29, de Santander), en la página www.participacion.cantabria.es, así como a través del portal web del Gobierno de Cantabria www.cantabria.es, en el Portal de Transparencia del Gobierno de Cantabria www.transparencia.cantabria.es.

Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones o aportaciones que considere oportunas respecto al contenido del proyecto de Decreto. Las alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Interior, pudiendo ser presentadas en el Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 04/11/2022

Fecha de finalización: 17/11/2022

 

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