Orden por el que se establece el currículo del ciclo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Consulta pública Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades

 

De conformidad con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en relación con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto, durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, un proyecto de Orden por el que se establece el currículo del ciclo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La Orden ECD/67/2015, de 19 de mayo, establece el currículo correspondiente al título de Técnico en mantenimiento y control de la maquinaria de buques y embarcaciones en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La enseñanza de Técnico Superior en organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones fue regulada en el año 2012, mediante el Real Decreto 1075/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

En los últimos años se han venido impartiendo en Cantabria enseñanzas de Técnico en mantenimiento y control de la maquinaria de buques y embarcaciones, sin posibilidad de que el alumnado titulado realice posteriormente el título de Técnico Superior por no tener desarrollado el currículo para la Comunidad de Cantabria.

 

Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Para dar continuidad en su formación a los titulados de Técnico en mantenimiento y control de la maquinaria de buques y embarcaciones, es necesario desarrollar el currículo en la Comunidad Autónoma de Cantabria del título de Técnico Superior, regulado por el Real Decreto 1075/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones y se fija su currículo básico y los requisitos de acceso.

 

Objetivos de la norma.

Establecimiento del currículo, para la Comunidad Autónoma de Cantabria, del título de Técnico Superior en organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones.

 

Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Por las razones expuestas no se han considerado otras alternativas.

 

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden presentar sus opiniones acerca de los aspectos mencionados, por escrito, en el Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional (Calle Vargas, 53-7ª planta, Santander 39010), o en el Portal de Transparencia de Cantabria, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 03/03/2021

Fecha de finalización: 16/03/2021

 

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