Ley de Ciencia, Investigación y Transferencia del Conocimiento
Cerrado Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades

 

El texto tiene como finalidad servir de base a la consulta previa a la elaboración del anteproyecto de la Ley de Ciencia, Investigación y Transferencia del Conocimiento, de tal forma que los agentes del Sistema de Investigación y Transferencia del Conocimiento de Cantabria, y en particular, la ciudadanía, tengan la posibilidad de participar de forma activa y realizar aportaciones a la misma.

De conformidad con lo establecido en el artículo 51.2 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración del anteproyecto de ley, se sustancia una consulta pública que se publica en el BOC y en el Portal de Transparencia.

Según lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la consulta previa se recabará la opinión de los sujetos y de las demás organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su correspondiente aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 

ANTECEDENTES DE LA NORMA

A nivel estatal la normativa fundamental tiene rango de Ley: la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de España. No existen referencias previas en la CCAA de Cantabria en esta materia.

 

PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR CON LA NUEVA NORMA

El Sistema de Investigación y Transferencia del Conocimiento de Cantabria adolece de un conjunto de problemas, siendo varios de ellos de carácter transversal al conjunto del estado español, mientras que otros son directamente característicos de la CCAA de Cantabria. La ley que se pretende promulgar aquí trata de solucionar estos problemas, siendo los principales los que se listan a continuación:

Falta de cohesión del Sistema de Investigación y Transferencia de Conocimiento del Cantabria, así como la ausencia de un plan regional de I+T.

Carencias en los programas de financiación y su continuidad/estabilidad en el tiempo, así como la obsolescencia de las infraestructuras de investigación.

Débil conexión con los usuarios finales del conocimiento generado.

Necesidad de mejorar las condiciones laborales del personal investigador más vulnerable.

Falta de flexibilidad de los procesos administrativos en el ámbito investigador.

Necesidad de mejorar la repercusión en el ámbito público del mundo de la ciencia y la tecnología.

 

NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN

La inversión en ciencia y tecnología se ha demostrado como elemento fundamental del cambio de modelo productivo y por tanto de la prosperidad y del bienestar de las regiones occidentales modernas. En la CCAA de Cantabria, no existe en la actualidad ningún mecanismo legislativo que permita garantizar la inversión en I+T, a diferencia de lo que sucede en otras CCAAs del estado español. Tampoco existe en la actualidad ningún órgano de la administración propia de la CCAA de Cantabria que se dedique de forma específica a la gestión integral de convocatorias de medios económicos y recursos humanos en el ámbito de la I+T. La existencia de este órgano dotaría a la región de un instrumento gestor sometido a la rendición de cuentas en lo relativo al desarrollo de los fondos económicos en materia de I+T.

 

OBJETIVOS DE LA NORMA

La nueva Ley de Ciencia, Investigación y Transferencia del Conocimiento de Cantabria tiene como objetivos fundamentales los dos siguientes:

Disponer de un marco normativo referente a la financiación pública de la I+T así como de la gestión de los recursos humanos asociados. Se pretende así reforzar y dotar de forma suficiente al Sistema de Investigación y Transferencia del Conocimiento de Cantabria con los medios financieros necesarios para su sostenimiento y predictibilidad en el tiempo en el tiempo, así como crear una figura de investigador pública de carácter regional, que permita tanto la retención del talento como la captación del mismo. De esta forma Cantabria se alinearía con los objetivos nacionales esperados en esta materia, que la CCAA de Cantabria asume como propios. Este marco debería, así mismo, abordar un esquema de gobernanza que permita la participación de los agentes implicados en el Sistema y confeccionar por tanto las estrategias y planes regiones necesarios para su correcto desarrollo.

Crear un órgano administrativo de gestión asociado, con carácter público, cuyo cometido principal sea gestionar de forma eficaz y transparente, con un modelo de rendición de cuentas, los recursos financieros y humanos disponibles.

 

POSIBLES SOLUCIONES ALTERNATIVAS, REGULATORIAS Y NO REGULATORIAS

Es posible continuar sin ninguna medida adicional con el riesgo de grave retraso frente a otras CC AA del estado español en una cuestión crítica para el desarrollo regional.

 

Por todo ello, en virtud de cuanto antecede, se acuerda la realización del trámite de CONSULTA PÚBLICA con respecto a la futura redacción de la nueva Ley de Ciencia, Investigación y Transferencia del Conocimiento, y se dispone la publicación de la resolución en el Portal web del Gobierno de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la futura ley

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación

c) Los objetivos de dicha ley

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia del conocimiento, /bicada en la calle Vargas nº 53, 8ª planta, de Santander (39010), pudiendo ser presentadas en su Registro General, así com/o en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

Igualmente, podrán presentarse alegaciones a través del Portal de Transparencia en el que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 09/02/2021

Fecha de finalización: 22/02/2021

 

 

ACTUALIZACIÓN 01/10/2021

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.3, de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite conjunto de audiencia e información pública, por un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el anteproyecto de Ley de Ciencia, Investigación y Transferencia de Conocimiento de Cantabria.

El texto completo del citado anteproyecto de ley puede ser consultado en la Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia (Santander, calle Vargas 53, 8ª planta), así como en el Portal de Transparencia.

Las alegaciones y sugerencias se dirigirán a la Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte (calle Lealtad, 24, Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como a través del Registro Electrónico del Gobierno de Cantabria en la dirección https://rec.cantabria.es/.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 02/10/2021

Fecha de finalización: 25/10/2021

 

Comentarios
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