Orden por el que se establece el currículo de los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cerrado Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades

 

De conformidad con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en relación con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto, durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, un proyecto de Orden por el que se establece el currículo de los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Tras la publicación del Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso; se desarrolló posteriormente el currículo para los citados títulos por la Orden ECD/106/2017, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En los últimos años se han venido impartiendo en Cantabria enseñanzas de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, sin posibilidad de que el alumnado titulado realice posteriormente el título de Técnico Deportivo Superior por no tener desarrollado el currículo para la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Para dar continuidad en su formación a los titulados de Técnico Deportivo, es necesario desarrollar el currículo en la Comunidad Autónoma de Cantabria de los títulos de Técnico Superior, regulados por el Real Decreto 983/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

 

Objetivos de la norma.

Establecimiento del currículo, para la Comunidad Autónoma de Cantabria, de los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas.

 

Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Por las razones expuestas no se han considerado otras alternativas.

 

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden presentar sus opiniones acerca de los aspectos mencionados, por escrito, a través de la dirección de correo electrónico unidadtecnica.fpep@educantabria.es, en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte ( Calle Vargas, 53-7ª planta, Santander 39010) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES:

Fecha de inicio: 28/01/2021

Fecha de finalización: 10/02/2021

 

 

ACTUALIZACIÓN 11/03/2021

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 129.5 y 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 51 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de información pública, por un período de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el proyecto de Orden por el que se establece el currículo y requisitos de acceso de los ciclos de grado superior correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El texto completo del citado proyecto puede ser consultado en la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente (calle Vargas, 53, 8ª planta - 39010 Santander), en el portal educativo de la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de Cantabria (www.educantabria.es) y en el Portal de Transparencia de Cantabria.

Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones u observaciones que considere oportunas con respecto al contenido del proyecto mencionado. Las alegaciones u observaciones se dirigirán a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, presentándose a través del Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de Cantabria (calle Vargas, 53, 7.ª planta, Santander 39010),  en el Portal de Transparencia de Cantabria, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 12/03/2021

Fecha de finalización: 25/03/2021

 

 

 

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