Ley de regulación del derecho a la vivienda en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cerrado Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

 

La Consejería de Empleo y Políticas Sociales está preparando la tramitación de un anteproyecto de Ley que regule el derecho a la vivienda en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, entendido como el derecho de toda persona a disfrutar de una vivienda digna, de calidad, accesible y adecuada.

De conformidad con lo establecido en el artículo 51.2, de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en concordancia con el artículo 133.1, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del correspondiente texto normativo se llevará a cabo el trámite de consulta pública, a través del Boletín Oficial de Cantabria y del Portal de Transparencia, para recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:

 

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la futura norma.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la futura norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 

Por todo ello, en virtud de cuanto antecede y en base a la competencia atribuida por el artículo 70, de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se acuerda la realización del trámite de consulta pública con respecto a la futura redacción de un Proyecto de Ley que regule el derecho a la vivienda en el territorio de la Comunidad autónoma de Cantabria, y se dispone la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y en el Portal de Transparencia, a efectos de recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:

 

Los problemas que se pretenden solucionar con la futura norma:

Las dificultades para hacer frente a los gastos relacionados con la vivienda y la escasez de financiación para acceder a una vivienda en propiedad, aconsejan la intervención pública. Hasta ahora se había delegado el derecho de disfrute de una vivienda digna y adecuada al mercado con ayudas públicas resultando insuficiente.

En este marco, se pretende regular el derecho al acceso a una vivienda digna y asequible y desarrollar algunas de las consecuencias de la función social de la vivienda que permiten, justifican y aconsejan la adopción de medidas ambiciosas en materia de vivienda.

La necesidad y oportunidad de su aprobación:

La Nueva agenda urbana de las Naciones Unidas (Hábitat III) y la Agenda Urbana para la Unión Europea exigen que la vivienda sea una de las principales prioridades en las políticas de los gobiernos, reforzando el derecho de todas las personas a una vivienda adecuada y digna, como un elemento clave del derecho a una vida sin ningún tipo de discriminación, incluyendo la de género. La vivienda es inseparable del desarrollo socioeconómico urbano, por lo que el acceso a una vivienda adecuada y asequible es esencial para lograr una ciudad sostenible, segura e integrada.

Los objetivos de dicha norma:

Dar solución a los problemas expuestos anteriormente.

Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

No se contemplan soluciones alternativas.

 

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Vivienda, de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, por correo electrónico: bviviendacantabria@cantabria.es, por vía telemática a través del registro electrónico común https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm en su registro general, así como en los registros u oficinas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de diez días a contar desde la publicación de la presente resolución.

Igualmente, podrán presentarse las alegaciones a través del Portal de Transparencia en que se publicará la presente resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo, pudiendo accederse al mencionado portal a través de la siguiente dirección: http://participacion.cantabria.es/

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 21/09/2020

Fecha de finalización: 02/10/2020

 

 

ACTUALIZACIÓN 28/04/2021

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de audiencia e información pública, por un período de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el Anteproyecto de Ley que regula el derecho a la vivienda en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El texto completo del citado anteproyecto podrá consultarse en las dependencias de la Dirección General de Vivienda de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, en horario de 09:00 a 14:00 horas, ubicada en la calle Alta, nº 5, 6ª planta, de Santander, así como en el portal web "Cantabria Participa" (http://participacion.cantabria.es), y en el de la Dirección General de Vivienda (http://www.viviendadecantabria.es).

Las alegaciones o sugerencias al citado Anteproyecto de Ley deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Vivienda de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, pudiendo ser presentadas a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Igualmente, podrán ser presentadas a través del portal Cantabria Participa, en el que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 29/04/2021

Fecha de finalización: 26/05/2021

 

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