Decreto de creación de órganos de asesoramiento, consulta y participación en materia de Desarrollo Humano Sostenible de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cerrado Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

 

El Gobierno de Cantabria, mediante acuerdo adoptado el 20 de diciembre de 2018, adquirió el compromiso político para el cumplimiento de la Agenda 2030, materializado en la declaración institucional de adhesión a la Agenda 2030, y en la aprobación de la Estrategia de Desarrollo Humano Sostenible (EDHS), documento que recoge la voluntad de transformación y el compromiso de trabajar de manera coordinada entre todas las administraciones y todos los actores sociales, económicos y medio ambientales, para avanzar hacia una comunidad incluyente, justa, equitativa y sostenible.

La EDHS prevé la creación de una estructura de gobernanza de carácter consultivo y de seguimiento, desde una participación incluyente, que actúa en tres niveles fundamentales: coordinación política, asesoramiento y gestión, y rendición de cuentas.

En el nivel de la coordinación política, la EDHS contempla la creación del Consejo de Alto Nivel máximo órgano colegiado, consultivo, con dos funciones principales: definir una política de planificación, implementación y seguimiento de la Agenda 2030, de manera integral e integradora de las dimensiones económica, social y ambiental con el enfoque de derechos; así como establecer las medidas necesarias para la asignación de recursos financieros para la implementación de los ODS. Pero, además, el Consejo de alto nivel articula la participación de la sociedad civil en la consecución de los ODS, reafirmando así el compromiso de concertación, dialogo y transparencia.

Por ello se ha decidido iniciar el procedimiento de elaboración de una disposición de carácter general para la creación de órganos de asesoramiento, consulta y participación en materia de Desarrollo Humano Sostenible de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 51.2 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración del proyecto de decreto, se llevará a cabo el trámite de consulta pública que se publicará en el BOC y en el Portal de Transparencia de Cantabria.

El objetivo es recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:

Los problemas que se pretenden solucionar con la norma:

La elaboración de esta norma pretende dotar a la Comunidad Autónoma de Cantabria de los órganos de consulta y participación previstos para el desarrollo de la Estrategia de Desarrollo Humano Sostenible.

La necesidad y oportunidad de su aprobación:

La norma resulta necesaria al no existir en la actualidad en Cantabria la estructura de participación necesaria.

Los objetivos de la norma:

El objetivo es la creación de órganos de asesoramiento, consulta y participación en materia de Desarrollo Humano Sostenible de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

La iniciativa es necesaria ante la ausencia de este tipo de órganos en la materia reseñada, por lo cual no existen otras alternativas regulatorias de actuación, siendo exigible en este caso su desarrollo mediante el instrumento normativo apropiado. No se consideran viables alternativas no regulatorias.


Por todo ello, se somete al trámite de CONSULTA PÚBLICA la futura redacción de un proyecto de Decreto de creación de órganos de asesoramiento, consulta y participación en materia de Desarrollo Humano Sostenible de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y se dispone la publicación de la resolución en el BOC y en el Portal de Transparencia de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:

 

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la futura norma.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación

c) Los objetivos de dicha norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Cooperación al Desarrollo, ubicada en la calle Vargas, número 53, planta 8ª de Santander, pudiendo presentarse a través del Portal de Transparencia de Cantabria en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

Igualmente podrán ser presentadas en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 21/08/2020

Fecha de finalización: 03/09/2020

 

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