Decreto de organización y funcionamiento de las organizaciones de voluntariado de protección civil en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cerrado Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa

 

La Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior del Gobierno de Cantabria tiene previsto revisar el Decreto 1/2019, de 17 de enero, por el que se regulan las organizaciones de voluntariado de protección civil de Cantabria y el Registro de organizaciones de voluntariado de protección civil.

Tras la aprobación del citado Decreto 1/2019, de 17 de enero, tuvo lugar la aprobación de la Ley de Cantabria 3/2019, de 8 de abril, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria.

Esta Ley establece en los artículos 9 y 10 el contenido mínimo que debe tener la regulación reglamentaria de estas organizaciones. Es por ello, que el Decreto determinará el régimen jurídico y las clases de organizaciones de voluntariado de protección civil, que en todo caso incluirá el deber de inscripción de las mismas en el registro creado a tal efecto, dependiente de la Consejería competente en materia de protección civil y emergencias, su dependencia de las administraciones locales respectivas, así como la participación en la gestión de las emergencias.

Precisamente es esta dependencia de las organizaciones de voluntariado de protección civil de las administraciones locales que posibilita la Ley 3/2019, y que ha sido solicitada por la Federación de Municipios de Cantabria mediante escrito de 30 de junio de 2020, la que motiva la aprobación de un nuevo Decreto que sustituya el régimen jurídico actual en el que las organizaciones tienen personalidad jurídica propia.

En el Decreto se determinarán los requisitos de acceso a la condición de voluntario de protección civil, así como la acreditación de tal circunstancia, los derechos y deberes que le son propios, la formación mínima obligatoria y la formación continua, la uniformidad y las funciones de los voluntarios de protección civil.

Asimismo el Decreto contemplará el sistema por el que el Gobierno de Cantabria promoverá la dotación de la uniformidad de las personas integrantes de las organizaciones de voluntariado de protección civil.

De conformidad con lo establecido en el artículo 51.2 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Decreto, se procederá a sustanciar una CONSULTA PÚBLICA, a través del portal web de la Administración, para recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la norma:

La elaboración de esta norma pretende establecer un régimen jurídico en el que las agrupaciones municipales de protección civil, que hayan sido creadas o se creen por acuerdo plenario del Ayuntamiento respectivo no tengan personalidad jurídica propia, dependiendo jerárquica, jurídica, económica, orgánica y funcionalmente del Ayuntamiento en el que se constituyan.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación:

La medida de aprobación de un nuevo Decreto en esta materia daría respuesta a la petición realizada por los voluntarios de protección civil en el seno del Consejo Asesor del Voluntariado, y a la reciente solicitud de la propia Federación de Municipios de Cantabria que señalaba que “el Ejecutivo autonómico tiene capacidad para no exigir a dichas agrupaciones municipales tener personalidad jurídica propia por depender orgánica y funcionalmente de una entidad local, como y han hecho otras comunidades autónomas”.

La nueva norma, viene a completar la nueva regulación recogida en la Ley de Cantabria 3/2019, de 8 de abril, del Sistema de protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria.

c)   Los objetivos de dicho Decreto:

El objetivo es conseguir un necesario equilibrio entre la dependencia jerárquica, jurídica, económica, orgánica y funcional del Ayuntamiento en el que se constituyan las organizaciones de voluntariado de protección civil y la operatividad de las mismas en caso de emergencia.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

La Ley de Cantabria 3/2019, de 8 de abril, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria, se remite al desarrollo reglamentario para determinar el régimen jurídico de las organizaciones de voluntariado de protección civil, correspondiendo dicho desarrollo al Gobierno de Cantabria en virtud a lo dispuesto en su Disposición final primera.  

Por todo ello, se acuerda la realización del trámite de CONSULTA PÚBLICA con respecto a la futura redacción del Decreto de organización y funcionamiento de las organizaciones de voluntariado de protección civil en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y se dispone la publicación de la resolución en el Portal web del Gobierno de Cantabria, a efectos de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los siguientes extremos:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con el futuro Decreto

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de dicho Decreto

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Interior, ubicada en la calle Peña Herbosa, número 29, de Santander, pudiendo ser presentadas en su Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Dichas opiniones podrán realizarse durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

Igualmente, podrán presentarse las alegaciones a través del Portal de Transparencia en que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo, pudiendo accederse al mencionado portal a través de la siguiente dirección: http://participacion.cantabria.es/

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 20/08/2020

Fecha de finalización: 17/09/2020

 

 

ACTUALIZACIÓN 07/10/2020

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 51.3 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete a información pública, por un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el proyecto de Decreto de Organización y Funcionamiento de las Organizaciones de Voluntariado de Protección Civil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El texto completo del citado proyecto puede ser consultado en la Dirección General de Interior (calle Peña Herbosa, nº 29, 4ª planta, de Santander), en la página www.participacion.cantabria.es, así como a través del portal web del Gobierno de Cantabria www.cantabria.es, y en el portal de transparencia del Gobierno de Cantabria www.transparencia.cantabria.es.

Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones o aportaciones que considere oportunas respecto al contenido del Proyecto de Decreto. Las alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Interior, pudiendo ser presentadas en el Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 07/10/2020

Fecha de finalización: 21/10/2020

 

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