Orden por la que se establecen los requisitos materiales y funcionales para la adhesión de los centros de la red “CONECTA CANTABRIA”
Cerrado Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio

 

De conformidad con el artículo 51 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete al trámite de consulta pública previa el posible contenido del proyecto de Orden por la que se establecen los requisitos materiales y funcionales para la adhesión de los centros de la red “CONECTA CANTABRIA” que viene a sustituir la Orden IND/38/2005,  de Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico de  11 de julio, por la que se crea y regula la Red de Telecentros de Cantabria y el programa “Cantabria Sí, entra en Red”

Las sugerencias podrán presentarse durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

Los ciudadanos y organizaciones que lo consideren oportuno, podrán presentar sus opiniones, por escrito, a través de la dirección de correo electrónico transportes@cantabria.es, en el Registro auxiliar de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, calle Cádiz, 2, 1º, de Santander, y en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se recabará la opinión de la ciudadanía y las organizaciones más representativas potencialmente afectadas acerca de los siguientes extremos:

Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Se pretende solventar  la conectividad digital donde no llega la iniciativa privada, especialmente en las zonas rurales, con el despliegue de redes y servicios de banda ancha a través de los antiguos “telecentros” fomentando la vertebración territorial y la cohesión social evitando los problemas relacionados con telecentros que no se encuentran abiertos a la ciudadanía. 

La necesidad y oportunidad de su aprobación.

Dado el tiempo transcurrido (casi quince años), y la experiencia acumulada por las diferentes Administraciones implicadas (principalmente la Autonómica y local) se entiende necesario sustituir la citada Orden para adecuarla a la realidad actual, habiendo evolucionado desde “centros de acceso a internet” a “espacios de conocimiento de Nuevas Tecnologías”, públicos y abiertos a todos los ciudadanos/as, siendo preciso, a la luz de la experiencia y considerando su eficacia formadora, mantener su crecimiento y asentamiento como un servicio público vertebrador, social y del territorio, y potenciar aún más su capacidad tecnológica mediante la promoción de un entorno afín al desarrollo moderno de las tecnologías de la información se considera necesario modificar la Orden IND/38/2005, de 11 de julio, por la que se crea y regula la Red de Telecentros de Cantabria y el programa <<Cantabria Sí, entra en Red>>

Los objetivos de la norma.

Los incluidos en la estrategia Conecta Cantabria, alineados con el Programa Europa Digital 2021-2027 de la Comisión Europea especialmente en los se refiere a capacitación digital, principalmente lograr que la conexión a las redes digitales de telecomunicaciones  y a los servicios que ofrecen sea universal para todas las personas que habitan Cantabria con absoluta independencia de condicionantes geográficos, sociales o culturales, y desarrollar nuevas capacidades digitales competitivas a partir de las posibilidades que ofrece la evolución de las tecnologías de la información y la comunicación

Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

A fin de no depender de criterios subjetivos que puedan ser variables tanto en el despliegue como en la formación digital en los centros Conecta Cantabria (anteriormente telecentros) se propone regular mediante Orden la aplicación de criterios objetivos mediante la valoración de las actuaciones por un Comité Técnico y elevar a rango de Orden los requerimientos establecidos en la Resolución del Director General de Transportes y Comunicaciones por la que se aprueba la convocatoria de solicitudes destinada al establecimiento de un plan de despliegue de telecentros en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria de 31 de octubre de 2007).

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 12/03/2020

Fecha de finalización: 25/03/2020

 

 

ACTUALIZACIÓN 07/08/2020

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 129.5 y 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con relación al artículo 51.3 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de información pública, por un período de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el proyecto de orden por la que se crea y regula el funcionamiento de la Red CONECTA CANTABRIA, dependiente de la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio a través de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones.

El texto completo del citado proyecto de orden puede ser consultado en la Dirección General de Transportes y Comunicaciones (calle Cádiz, 2, Edificio Estación de Autobuses, Santander) y en el Portal de Transparencia del Gobierno de Cantabria (www.transparencia.cantabria.es).

Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones que considere oportunas respecto al contenido del proyecto de orden.

Las alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio (calle Albert Einstein, 2. Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración, y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 10/08/2020

Fecha de finalización: 28/08/2020

 

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