Decreto por el que se regulan los puntos de encuentro familiar en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cerrado Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

 

Las opiniones y sugerencias deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social (calle Lealtad, nº 24, 39002 Santander), pudiendo ser presentadas en su Registro General, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Igualmente podrán presentarse a través del portal de participación, en el espacio habilitado para ello.

Fecha de comienzo: 04/06/2018

Fecha fin de la participación: 18/06/2018

 

ACTUALIZACIÓN

ALEGACIONES Y SUGERENCIAS:

Se somete a Información Pública, por un plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el proyecto de “Decreto por el que se regulan los puntos de encuentro familiar en la Comunidad Autónoma de Cantabria".

Las alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Política Social y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social (calle Lealtad, nº 24 de Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Publicación en el BOC: 17/07/2018

Fin de plazo: 16/08/2018

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