Orden por la que se modifica la Orden EDU/66/2010, de 16 de agosto, de evaluación y acreditación académica, en las enseñanzas de Formación Profesional Inicial del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Cerrado Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades

 

La Orden EDU/66/2010, de 16 de agosto, de evaluación y acreditación académica, en las enseñanzas de Formación Profesional Inicial del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de Cantabria estableció, entre otros, los aspectos básicos del proceso de evaluación y de su desarrollo y, entre ellos, el número de convocatorias, las condiciones para la renuncia de las mismas y para el desarrollo de las sesiones de evaluación.

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte quiere favorecer una mayor flexibilidad en las condiciones en que se deben desarrollar las sesiones de evaluación de las diferentes convocatorias, con objeto de reforzar la formación y la evaluación continua en las enseñanzas de formación profesional y permitir que los alumnos de estas enseñanzas que desean continuar su formación puedan acceder a estudios universitarios en condiciones similares a los procedentes de otras Comunidades Autónomas. Además, esta flexibilidad permitirá una mejor gestión de la organización de los centros docentes, especialmente en la preparación y planificación del principio de curso, anticipando la configuración de los cursos, grupos y horarios de profesores y alumnos.

 

SUGERENCIAS Y OBSERVACIONES

Se somete al trámite de información pública, por un período de 10 días hábiles, a contar desde el día sigueinte al de la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EDU/66/2010, de 16 de agosto, de evaluación y acreditación académica, en las enseñanzas de Formación Profesional Inicial del Sistema Educativo de Cantabria.

El texto completo del citado proyecto puede ser consultado en la Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica (calle Vargas, 53 - 8ª planta - 39010 Santander), y en el portal educativo de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (www.educantabria.es).

Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones u observaciones que considere oportunas respecto al contenido del proyecto mencionado.

Las alegaciones u observaciones se dirigirán a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (calle Vargas, 53 - 7ª planta, Santander 39010), en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Publicación: 12/06/2018

Fecha límite: 26/06/2018

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