Orden por la que se fijan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia
Cerrado Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

 

De conformidad con el artículo 51 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete al trámite de consulta pública previa el posible contenido de la Orden de la Consejería de Empleo y Política Social de los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia.

Las sugerencias podrán presentarse durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

La ciudadanía y las organizaciones que lo consideren oportuno, podrán presentar sus opiniones, por escrito, a través de la dirección de correo electrónico icass@serviciossocialescantabria.org, en el Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, c/ General Dávila 87, de Santander, y en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018 de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se recabará la opinión de la ciudadanía y las organizaciones más representativas potencialmente afectadas acerca de los siguientes extremos:

En consonancia con el proceso regulatorio de requisitos materiales y funcionales de los centros especializados de servicios sociales que se está tramitando en la Dirección General de Política Social, resulta preciso proceder a la modificación de algunos de los precios públicos establecidos en la Orden UMA/13/2019, de 14 de marzo, por la que se fijan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia, que derivan del Decreto 33/2012, de 26 de junio, por el que se regulan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia, una vez efectuado el estudio de costes asociados a las modificaciones normativas que se establezcan.

No existen soluciones alternativas a su regulación por Orden de la Consejería, dado que así lo prescribe el artículo 16 de la Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 16/03/2020

Fecha de finalización: 27/03/2020

 

 

ACTUALIZACIÓN 09/03/2021

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se somete al trámite de audiencia e información pública, por un período de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, el "Proyecto de Orden por la que se fijan los precios públicos de las prestaciones y servicios del instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia".

El texto completo del citado proyecto podrá consultarse en las dependencias del Instituto Cántabro de Servicios Sociales de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, en horario de 09:00 a 14:00 horas, ubicado en la calle General Dávila nº 87, 4ª planta, de Santander, así como en el portal web "Cantabria Participa".

Las alegaciones o sugerencias a la citada orden deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, pudiendo ser presentadas en su Registro General, así como a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Igualmente, podrán ser presentadas a través del portal Cantabria Participa, en el que se publicará la resolución, en el cuadro destinado al efecto y siguiendo las instrucciones contenidas en el mismo.

 

ALEGACIONES

Fecha de inicio: 10/03/2021

Fecha de finalización: 23/03/2021

 

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