Decreto de Ordenación de la Señalización de Senderos para la Movilización Pedestre
Cerrado Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

 

La ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria incluye entre sus finalidades el establecimiento de normas de protección, conservación, restauración y mejora de los hábitats naturales y el paisaje de Cantabria, a fin de garantizar el mantenimiento del patrimonio natural y la preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales y del paisaje.

Por otra parte, la Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte de Cantabria recoge entre sus principios rectores el respeto al medio ambiente y la protección del medio natural, prevaleciendo los usos comunes generales sobre los especiales y privativos. Asimismo, se reconoce personalidad jurídica propia a las federaciones deportivas cántabras y se les otorga el carácter de entidades de utilidad pública, pudiendo ejercer por delegación funciones públicas de carácter administrativo.

Surge de esta manera, la posibilidad de utilizar el medio natural como espacio deportivo y de ocio, al mismo tiempo que la obligación legal de protegerlo, considerando la importancia del senderismo para el correcto uso de los espacios naturales y su interés como recurso turístico.

En este sentido, se impone la necesidad de regular la práctica del senderismo para impedir que una diversidad y multiplicidad de usos sin la adecuada salvaguardia, vaya en perjuicio de la preservación y protección de los valores naturales, así como de la práctica sostenible de actividades deportivas y de ocio o recreo turístico.

Por todo ello, se pretende elaborar un decreto, para definir y clasificar los recorridos de senderismo, normalizar su creación, mantenimiento y gestión, así como crear un sistema de señales de recorrido de senderismo de obligado cumplimiento, favoreciendo el uso deportivo, recreativo y pedagógico de los senderos, así como la toma de conciencia sobre los importantes valores culturales, ecológicos, ambientales, turísticos y económicos que comporta el adecuado uso del medio natural y la necesidad de armonizar dicho uso con la conservación y protección del medio ambiente.

 

SUGERENCIAS Y PLAZOS

Dada la importancia y trascendencia de la materia a la que se refiere el citado decreto se ha considerado oportuno someterlo a información pública, de conformidad con el artículo 119.3, de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y 133.2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por ello, las  propuestas que se quieran hacer deberán dirigirse a la Dirección General de Deporte y podrán presentarse durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación del presente anuncio en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria (Calle Vargas, 53- 7ª planta, Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

Publicación: 31/05/2018

Fecha límite: 14/06/2018

 

 

ACTUALIZACIÓN

 

ALEGACIONES Y SUGERENCIAS:

Se somete a Información Pública, por un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria el proyecto de Decreto de Ordenación de la señalización de senderos para la movilización pedestre.

Las alegaciones al citado decreto se dirigirán a la Dirección General de Deporte y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria (Calle Vargas, 53 - 7ª planta, Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

Publicación en el BOC: 27/07/2018

Fin de plazo: 10/08/2018

 
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